Tengase por ley de la nación, cumplase, comuniquese, publiquese, insertese en el registro nacional y archivese.
Nota: Publicada en registro oficial de la republica argentina - 1905 - iii er. Cuatrimestre - tomo ii. El número De pagina indicado supra es a los efectos de la incorporación al sistema, siendo la pagina correcta de la publicación oficial la 2536. El presente texto conserva la redacción original de la ley.
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DIVISION DE INSTRUCCION PUBLICA.
Decreto S/N
Buenos Aires, S.E.ptiembre 25 de 1905.
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Nacional y archívese.
QUINTANA.
J) V. GONZALEZ.