Estado mayor general de la armada. Nombramientos.
Visto
lo informado por el S.E.ñor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, lo propuesto por el S.E.ñor Ministro de Defensa.
Considerando
Que resulta necesario para la ARMADA ARGENTINA, proceder al nombramiento de los S.E.ñores Oficiales Almirantes en los cargos de conducción naval superior.
Que la medida que S.E. propicia está encuadrada en el Artículo 99, incisos 12 y 14 de la Constitución Nacional y en lo dispuesto en el Artículo 10202, inciso a), acápite 1, de la Reglamentación para la Armada, de la ex - Ley para el Personal Militar 14777 (parte aprobada por Decreto 9803/1967) y en concordancia con el Artículo 107, de la Ley para el Personal Militar 19101.
Decreto
Artículo 1
Nómbrase:
Comandante de Operaciones Navales, al S.E.ñor Vicealmirante Dn. Joaquín Edgardo STELLA (MI 5193662).
Director General del Personal Naval, al S.E.ñor Contraalmirante Dn. Norberto Ulises PEREIRO (MI 5191635).
Comandante del Area Naval Austral, al S.E.ñor Contraalmirante Dn. Héctor Julio ALVAREZ (MI 4630003).
Director de Armamento del Personal Naval, al S.E.ñor Contraalmirante Dn. Rafael Alberto FUENTES Y ARBALLO (MI 4637648).
Director de Planificación y Arsenales de la Dirección General del Material Naval, al S.E.ñor Contraalmirante Dn. Carlos Alberto GAUT (MI 4634997).
Comandante de la Aviación Naval, al S.E.ñor Contraalmirante Dn. Roberto AGOTEGARAY (MI 4634150).
Director del Estado Mayor General de la Armada, al S.E.ñor Contraalmirante Dn. Leonardo Amoldo STEYERTHAL (MI 4642845).
S.E.cretario General Naval, al S.E.ñor Contraalmirante Dn. Carlos Daniel CARBONE (MI 4642862).
Director de la Escuela Naval Militar, al S.E.ñor Contraalmirante Dn. Eduardo Rodolfo LLAMBI (MI 4646229).
Director de Política y Estrategia del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, al S.E.ñor Contraalmirante de Infantería de Marina Dn. Roberto Oscar ROSCOE (MI 5198016).
Jefe de Logística del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, al S.E.ñor Contraalmirante Dn. Alberto Valerio PICO (MI 5877449).
Artículo 2
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - MENEM. - Jorge Domínguez.