Establecese que en aquellas embajadas de la republica argentina, que cuenten con al menos un agregado de las fuerzas armadas, cumpla las funciones de agregado de defensa. Derógase la res. Md 1204/97 (nota: esta norma no fue relacionada dicho antecedente, atento que S.E.gun surge de nuestros registros, la norma en cuestion no fue publicada en boletin oficial).
Visto
la Ley Orgánica del S.E.rvicio Exterior de la Nación 20957 y sus modificatorias, las Resoluciones del Ministerio de Defensa 426/96 y 1204/97, lo informado por el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, lo propuesto por el Ministro de Defensa.
Considerando
Que a fin de coordinar las actividades y facilitar las relaciones militares internacionales, resulta conveniente a los intereses de la Nación, establecer que en aquellas Embajadas de la REPUBLICA ARGENTINA, que cuenten con, al menos, un Agregado de las Fuerzas Armadas, éste cumpla las funciones de Agregado de Defensa.
Que para el desempeño de los Agregados de Defensa, habrá de requerirse la previa conformidad del Estado receptor en concordancia con lo prescripto en el régimen del S.E.rvicio Exterior de la Nación y las normas de práctica internacional.
Que las actividades de los Agregados de Defensa no afectarán, en ningún caso, las relaciones que los mismos deben mantener con sus Fuerzas de origen, sin perjuicio de las directivas que reciban de los MINISTERIOS DE DEFENSA y de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que las funciones de los agregados de que S.E. trata, no deberán generar erogaciones adicionales al Presupuesto de la Administración Nacional.
Que resulta conveniente derogar la Resolución del Ministerio de Defensa 1204 de fecha 22 de S.E.tiembre de 1997.
Que la presente medida S.E. dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 12, de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y por el artículo 10 de la Ley Orgánica del S.E.rvicio Exterior de la Nación, 20957 y sus modificatorias.
Decreto
Artículo 1
Establécese que en las Embajadas de la REPUBLICA ARGENTINA, el cargo de Agregado de Defensa S.E.rá desempeñado por el Agregado de las Fuerzas Armadas ante dichas Embajadas, de mayor antigüedad, debiendo en todos los casos contar a esos fines, con la conformidad previa del Estado receptor, en concordancia con lo prescripto en el régimen del S.E.rvicio Exterior de la Nación y las normas de práctica internacional.
Artículo 2
Confírmase el desempeño como Agregados de Defensa, desde la fecha del presente Decreto, del Agregado Militar, Naval o Aeronáutico de mayor antigüedad incluidos en la nómina que, como ANEXO I, forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3
Los Agregados de Defensa que S.E. designen en los términos de la presente medida y los que S.E. encuentren cumpliendo tales funciones, S.E. desempeñarán de acuerdo a las instrucciones que a tales fines impartan, en el ámbito de sus respectivas competencias, los MINISTERIOS DE DEFENSA y de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Artículo 4
Derógase la Resolución del Ministerio de Defensa 1204 de fecha 22 de S.E.tiembre de 1997.
Artículo 5
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge Domínguez. — Guido Di Tella.
Anexo I
LISTADO DE LOS AGREGADOS MILITARES, NAVALES Y AERONAUTICOS QUE CUMPLIRAN FUNCIONES COMO AGREGADO DE DEFENSA PARA EL AÑO 1999
Bolivia
Coronel
HORACIO ANGEL DANA
L) E. 5220250
Brasil
Cap. de Navío
CARLOS LUIS PERALTA
L) E. 5222041
Canadá
Cap. de Navío
RICARDO ENRIQUE JOLLY
L) E. 7802707
España
Cap. de Navío
ANGEL GASPAR RAMOS
L) E. 8667374
Chile
Coronel
EUGENIO ERNESTO RODRIGUEZ
DNI 7792805
China
Coronel
JUAN CARLOS DE MARCO
DNI 8272104
Colombia
Coronel
ALBERTO A. ANIBAL S.A.NCHEZ
L) E. 4605386
Ecuador
Coronel
GONZALO ANGEL PALACIOS
DNI 8000089
Egipto
Coronel
GUSTAVO J. ENRIQUE ANSCHUTZ
L) E. 8275745
Paraguay
Coronel
GUSTAVO H. JOSE OLIVA
DNI 7373535
Sudáfrica
Cap. de Navío
LUIS ANTONIO COLLAVINO
DNI 7789872
Israel
Coronel
NESTOR HERNAN PEREZ VOVARD
DNI 7789712
Italia
Coronel
MARIO LUIS CHRETIEN
DNI 8215677
Perú
Cap. de Navío
CLAUDIO ERNESTO CASSINA
L) E. 5222012
Uruguay
Coronel
HECTOR OSCAR CERRATO
L) E. 4929194