Crease el programa federal de colaboración y asistencia para la S.E.guridad en la orbita del ministerio de S.E.guridad, destinado al fortalecimiento de las instituciones del sistema de S.E.guridad interior, y apruebase sus lineamientos, partes intervinientes, responsabilidades y financiamiento de conformidad con el detalle obrante en las planillas que como anexo i forman parte del presente Decreto.
Visto
el Expediente 21375/2013 del Registro del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD, el Decreto 1993/2010.
Considerando
Que la Ley de S.E.guridad Interior 24059 y modificatorias establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del sistema de planificación, coordinación, control y apoyo del esfuerzo nacional de policía tendiente a garantizar la S.E.guridad interior, entendiéndose por tal la situación de hecho basada en el derecho en la cual S.E. encuentran resguardadas la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías y la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal que establece la Constitución Nacional.
Que al MINISTERIO DE S.E.GURIDAD le concierne, en orden a sus competencias, lo relacionado a la S.E.guridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías, en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático.
Que la creación del citado Ministerio, mediante el Decreto 1993/2010, y las acciones, que S.E. llevaron adelante, han implicado un avance significativo hacia la S.E.guridad ciudadana y han proporcionado beneficios a todos aquellos que habitan el territorio nacional.
Que la incorporación del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD al organigrama estatal, propicia el perfeccionamiento del uso de los recursos públicos, incrementando la calidad de acción estatal, además de concretar las metas políticas diagramadas y de racionalizar y tornar más eficiente la gestión pública en materia de S.E.guridad.
Que al MINISTERIO DE S.E.GURIDAD le compete ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que corresponde a la S.E.CRETARIA EJECUTIVA del CONSEJO de S.E.GURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD entender en la elaboración, propuesta y ejecución de los planes y/o programas destinados a propiciar políticas públicas en materia de S.E.guridad.
Que en un todo de acuerdo con las competencias previstas, el MINISTERIO DE S.E.GURIDAD ha elaborado e implementado herramientas y recursos valiosos para la lucha contra el delito y la violencia, la trata de personas, la lucha contra el narcotráfico, la búsqueda e identificación de personas, la capacitación y formación del personal policial y de S.E.guridad.
Que en función a lo expresado en los párrafos precedentes, es necesario impulsar un PROGRAMA FEDERAL DE COLABORACION Y ASISTENCIA PARA LA S.E.GURIDAD, cuyo principal objetivo es poner a disposición de las Jurisdicciones Provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA de BUENOS AIRES aquellas herramientas y recursos que coadyuven al combate del delito y la criminalidad y permitan asimismo generar ámbitos de coordinación y relación interjurisdiccional.
Que la S.E.CRETARIA EJECUTIVA del CONSEJO DE S.E.GURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD, en virtud de las finalidades impuestas a la misma, tales como las de afianzar las políticas de S.E.guridad a nivel nacional, impulsadas por el MINISTERIO DE S.E.GURIDAD en cumplimiento y apoyo del esfuerzo nacional en la materia, ha desarrollado un conjunto de acciones con el objeto de elaborar y fortalecer políticas correspondientes al ámbito de la S.E.guridad interior.
Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD.
Que la presente medida S.E. dicta de acuerdo con las facultades conferidas por el inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional.
Decreto
Artículo 1
Créase el PROGRAMA FEDERAL DE COLABORACION Y ASISTENCIA PARA LA S.E.GURIDAD en la órbita del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD, destinado al fortalecimiento de las Instituciones del Sistema de S.E.guridad Interior, y apruébase sus lineamientos, partes intervinientes, responsabilidades y financiamiento de conformidad con el detalle obrante en las planillas que como ANEXO I forman parte del presente Decreto.
Artículo 2
Facúltase al MINISTERIO DE S.E.GURIDAD para emitir las normas complementarias que resulten pertinentes y efectuar las aclaraciones que resulten necesarias para la implementación y funcionamiento del Programa que S.E. crea por el Artículo 1 del presente Decreto.
Artículo 3
Invítase a las VEINTICUATRO (24) Jurisdicciones que integran el Territorio Nacional a participar del PROGRAMA FEDERAL DE COLABORACION Y ASISTENCIA PARA LA S.E.GURIDAD.
Artículo 4
Instrúyese al Jefe de Gabinete de Ministros para que disponga los ajustes necesarios, en el Presupuesto de la Administración Nacional vigente, a efectos de atender los requerimientos que surjan como consecuencia del presente acto.
Artículo 5
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo. — Arturo A. Puricelli.
Anexo I - Programa Federal de Colaboración y Asistencia para la S.e.guridad
OBJETIVO DEL PROGRAMA
El Programa tiene por objeto la ejecución de planes de acción de alcance federal tendientes a la cooperación, colaboración y asistencia para la promoción de políticas públicas en materia de S.E.guridad.
AMBITO DE APLICACION
El ámbito de aplicación del presente Programa está dirigido a las VEINTICUATRO (24) jurisdicciones que integran la REPUBLICA ARGENTINA a través del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD DE LA NACION.
DESCRIPCION DE LAS ACCIONES PARA LLEVAR ADELANTE EL PROGRAMA FEDERAL DE COLABORACION Y ASISTENCIA PARA LA S.E.GURIDAD.
Llevar adelante acciones de apoyo, colaboración y cooperación para el fortalecimiento de las políticas públicas, en materia de S.E.guridad.
Fijar líneas de trabajo conjunto, entre la S.E.CRETARIA EJECUTIVA del CONSEJO de S.E.GURIDAD INTERIOR en la órbita del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD y las Jurisdicciones Provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, confeccionando planes de acción en materia de S.E.guridad.
Impulsar acciones para dotar de profesionalidad a los recursos humanos que integren las diversas unidades organizativas relacionadas con las fuerzas de S.E.guridad.
Impulsar acciones para el desarrollo e implementación de sistemas de información respecto a los diversos fenómenos complejos sobre el delito, la violencia, la trata de personas y/o estupefacientes.
Formular criterios para la producción y gestión de conocimiento en base a las investigaciones judiciales que puedan resultar de interés para el diseño de políticas públicas en materia de S.E.guridad.
Propiciar medidas que fortalezcan la aplicación de políticas públicas en el sistema de S.E.guridad interior y que beneficien a todos los habitantes del territorio nacional.
Generar la inversión de esfuerzos personales y asistencia en recursos económicos que supone la confección y puesta en marcha de una política integral en materia de S.E.guridad.
Cooperar y/o colaborar en la formulación de las políticas públicas, en materia de prevención social del delito.
Orientar la aplicación de las políticas públicas en materia de S.E.guridad y de prevención social del delito, entendido como un fenómeno complejo, en los organismos nacionales, provinciales y municipales.
lograr la cooperación efectiva de la comunidad del territorio nacional, en materia de S.E.guridad pública.
PARTES INTERVINIENTES EN EL PROGRAMA FEDERAL DE COLABORACION Y ASISTENCIA PARA LA S.E.GURIDAD.
Las partes intervinientes del presente programa son aquellas unidades organizativas, cuyo objetivo primario es el de propiciar medidas tendientes a fortalecer las Instituciones del Sistema de S.E.guridad Interior.
En relación a lo mencionado en el párrafo precedente, las partes intervinientes que interactúan en el Programa son, por un lado, el titular del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD y las distintas unidades organizativas que le dependen, particularmente la S.E.CRETARIA EJECUTIVA del CONSEJO de S.E.GURIDAD INTERIOR, revistiendo esta última el carácter de Unidad Operativa (en orden al alcance Nacional del presente Programa); y por el otro las dependencias administrativas que en cada jurisdicción Provincial y/o Municipal, S.E.gún corresponda, S.E. hayan constituido y cuyas funciones S.E.an equivalentes a las del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD, revistiendo el carácter de Unidades Ejecutoras.
RESPONSABILIDADES DE LA UNIDAD MINISTRO.
Aprobar y reglamentar los planes de acción elaborados por la Unidad Operativa y disponer las medidas necesarias para su mejor cumplimiento.
Suscribir los Convenios Marco de Adhesión al presente Programa.
Efectuar el S.E.guimiento y control de la ejecución de los planes de acción a través de las unidades organizativas que le dependen.
RESPONSABILIDADES DE LA UNIDAD OPERATIVA
Colaborar y cooperar con las VEINTICUATRO (24) jurisdicciones que integran la REPUBLICA ARGENTINA, en materia de S.E.guridad.
Recibir los requerimientos en los que S.E. detallen los planes de acción de las VEINTICUATRO (24) jurisdicciones que integran la REPUBLICA ARGENTINA.
Elaborar los planes de acción de acuerdo a los requerimientos efectuados por las respectivas Unidades Ejecutoras.
Propiciar la adhesión de las Jurisdicciones a los sistemas operativos implementados por el MINISTERIO DE S.E.GURIDAD tales como el Sistema de Identificación Biométrica para la S.E.guridad (SIBIOS), el Sistema nacional automatizado de Identificación Balística (SAIB), entre otros, y colaborar en la implementación de los mismos.
Propiciar la adhesión de las Jurisdicciones a la aplicación de los diferentes protocolos de actuación de las fuerzas de S.E.guridad que fueran elaborados en la órbita del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD.
Entender en los requerimientos de asistencia que efectúen las Jurisdicciones, para lo cual podrá solicitar la colaboración y participación de las distintas unidades organizativas que integran el MINISTERIO DE S.E.GURIDAD, en relación a las responsabilidades primarias y a las acciones y objetivos encomendados a cada una de ellas.
Suscribir conjuntamente con las respetivas unidades organizativas del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD los convenios específicos que correspondan.
Elaborar un informe mensual en el que S.E. detalle el avance y posterior cumplimiento de las acciones ejecutadas de acuerdo a los requerimientos efectuados por las Jurisdicciones y elevarlo al S.E.ñor MINISTRO DE S.E.GURIDAD con el objeto de su S.E.guimiento y control.
RESPONSABILIDADES DE LA UNIDAD EJECUTORA
Elaborar los requerimientos en materia de S.E.guridad, con el objeto de presentarlos ante la Unidad Operativa.
Elaborar un informe y presentarlo ante la Unidad Operativa con el requerimiento en materia de S.E.guridad. En el mismo informe, S.E. estipularán plazos de cumplimiento de las acciones que S.E. llevarán adelante en referencia al plan y la fijación de un término razonable para su cumplimiento, así como el detalle de la solicitud de asistencia para la adquisición de medios.
Suscribir los respectivos convenios.
Requerir de los organismos que resulten competentes las medidas necesarias tendientes a que la Jurisdicción de la que depende adhiera e implemente los sistemas y protocolos que S.E. pongan a disposición a través del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD.
Colaborar con la Unidad Operativa en todo lo que S.E.a de su competencia a fin de alcanzar los objetivos del programa y una mejor integración de las políticas públicas de S.E.guridad.
FINANCIAMIENTO
Por tratarse de importes no reintegrables, la afectación del gasto corresponde en todos los casos al Inciso 5 "Transferencias". Los gastos que demande la implementación de los requerimientos que resulten procedentes, en el marco del presente Programa, S.E.rán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes al año 2013 y con una proyección plurianual presupuestaria para el año 2014/2016.
RENDICION DE CUENTAS
La rendición de cuentas deberá efectuarse de acuerdo a lo previsto por el Decreto 225/2007 y el Reglamento aprobado en la órbita del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD.