Homologase el acta acuerdo de la comision negociadora S.E.ctorial correspondiente al sistema nacional de la profesion administrativa (sinapa) aprobado por el Decreto 993/1991 (T. O. 1995) y sus modificatorios, de fecha 27 de junio de 2007, cuya clausula primera convierte en remunerativo, el suplemento por función ejecutiva reglamentado por el Decreto 993/1991; Decreto 994/1991, normativa modificatoria y complementaria, a partir del 1 de octubre de 2007.
Visto
el Expediente 1229120/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y S.E.GURIDAD SOCIAL, la Ley 11672 Complementaria Permanente de Presupuesto (T. O. 2005) y sus modificatorias, la Ley 18753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional 24185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional 25164, la Ley 26198 de Presupuesto General de la Administración para el Ejercicio 2007, el Decreto 994/1991, el Decreto 447/1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto 214/2006, el Acta Acuerdo del 27 de junio de 2007 de la Comisión Negociadora S.E.ctorial correspondiente al Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA), aprobado por el Decreto 993/1991 (T. O. 1995) y sus modificatorios.
Considerando
Que por la Ley 24185 S.E. estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la Ley 24185 y por el Anexo II del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto 214/2006, S.E. ha constituido la Comisión Negociadora S.E.ctorial correspondiente al Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA).
Que las partes, en el marco previsto por el artículo 6 de la Ley 24185, reglamentado por el artículo 5 del Decreto 447/1993 y normas complementarias, arribaron a un acuerdo de nivel S.E.ctorial concretado a través del Acta Acuerdo de fecha 27 de junio de 2007, por el que a partir del 1 de octubre de 2007 S.E. asigna carácter remunerativo al Suplemento por Función Ejecutiva regulado por los artículos 71 y concordantes del Decreto 993/1991 (T. O. 1995) y sus modificatorios, el Decreto 994/1991 y normas complementarias.
Que el mencionado acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la Ley 24185.
Que S.E. han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los artículos 79, S.E.gundo párrafo, y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto 214/2006.
Que la Comisión Técnica Asesora de Política S.A.larial del S.E.ctor Público ha emitido el correspondiente dictamen.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y S.E.GURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención prevista en los artículos 7, 10 y concordantes de la Ley 24185.
Que en atención a las prescripciones del artículo 16 de la Ley 26198, configurándose un incremento retributivo generado en acuerdo colectivo en el marco de la Ley 24185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos que surgen de dicha norma y de la Ley 18753, deben tenerse por cumplidas las disposiciones del artículo 62 de la Ley 11672 Complementaria Permanente de Presupuesto (T. O. 2005) y sus modificatorias con la suscripción del Acta Acuerdo de fecha 27 de junio de 2007 que dispone su vigencia a partir del 1 de octubre de 2007.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y S.E.GURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente S.E. dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional y del artículo 14 de la Ley 24185.
Decreto
Artículo 1
Homológase el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora S.E.ctorial correspondiente al Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA) aprobado por el Decreto 993/1991 (T. O. 1995) y sus modificatorios, de fecha 27 de junio de 2007, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2
La vigencia del acuerdo homologado por el presente S.E.rá a partir del 1 de octubre de 2007, en las condiciones establecidas por las partes intervinientes.
Artículo 3
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Carlos A. Tomada.
Anexo
En la ciudad de Buenos Aires, a los 27 días de junio de 2007, siendo las 19.00 hs. en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y S.E.GURIDAD SOCIAL, ante el Subsecretario de Relaciones Laborales Dr. Guillermo ALONSO NAVONE para el Convenio S.E.ctorial para el personal comprendido en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA), asistido por el Lic. Eduardo BERMUDEZ de la DIRECCION DE RELACIONES INDIVIDUALES y por la S.E.ñora Marcela CASTRO del DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES 1, comparecen en representación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Sr. Subsecretario de Coordinación y Evaluación Presupuestaria Dr. Julio VITOBELLO, en representación de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, su titular, el Dr. Juan Manuel ABAL MEDINA, y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el titular de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la S.E.CRETARIA DE HACIENDA, el Lic. Raúl RIGO, y en calidad de asesores del Estado Empleador el Lic. Norberto PEROTTI, el Lic. Carlos S.A.NTAMARIA; el Dr. Jorge
CARUSO, el Arq. Eduardo S.A.MPAYO; el Lic. Lucas NEJAMKIS, el Lic. Eduardo S.A.LAS, y la Dra. Amalia DUARTE de BORTMAN, todos ellos por parte del Estado Empleador, y por parte gremial, en representación de la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, los Sres. Felipe CARRILLO, Omar AUTON, Hugo SPAIRANI, Carlos CAPURRO y la Sra. Karina TRIVISONNO, y en representación de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, los Sres. Eduardo DE GENNARO, Rubén MOSQUERA y Leopoldo GONZALEZ.
Cedida la palabra a las partes, acuerdan:
PRIMERO: Convertir en remunerativo, el Suplemento por Función Ejecutiva reglamentado por el Decreto 993/1991; Decreto 994/1991, normativa modificatoria y complementaria, a partir del 1 de octubre de 2007.
SEGUNDO: Con la finalidad de contribuir a la compensación del costo que representan los aportes personales establecidos por Ley por la incorporación acordada en el artículo precedente S.E. solicita a la Autoridad de Aplicación que dé traslado al Estado Empleador a efectos, de que diseñe el procedimiento para instrumentar dicha compensación.
TERCERO: Desarrollar el procedimiento a aplicar con el objeto de dar cumplimiento en su oportunidad con lo dispuesto en la Cláusula S.E.GUNDA del Acta de la Comisión Negociadora del S.E.ctorial SINAPA de fecha 30/03/07.
A esta altura del Acto ATE solicita hacer una manifestación sobre el punto TERCERO de la presente, que realizará por Acta complementaria.
No siendo para más S.E. da por finalizado el acto, firmando los presentes ante mí que certifico.