Homologase el acta acuerdo y anexos de la comision negociadora del convenio colectivo de trabajo general para la administración pública nacional de fecha 23 de junio de 2011.

Visto

el Expediente 1457010/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y S.E.GURIDAD SOCIAL, la Ley 11672 Complementaria Permanente de Presupuesto (T. O. 2005) y sus modificatorias, la Ley 18753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional 24185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional 25164, la Ley 26198, la Ley 26337, la Ley 26546 prorrogada en los términos del Decreto 2053/2010 y complementada por el Decreto 2054/2010, el Decreto 447/1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto 214/2006, el Acta Acuerdo del 31 de mayo de 2011 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologada por el Decreto 836/2011, el Acta Acuerdo del 23 de junio de 2011 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo d

e Trabajo General para la Administración Pública Nacional.

Considerando

Que por la Ley 24185 S.E. estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la Ley 24185, S.E. ha constituido la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto 214/2006.

Que, las partes, en el marco previsto por el artículo 6 de la Ley 24185, reglamentado por el artículo 5 del Decreto 447/1993 y normas complementarias y conforme lo acordado por Acta de fecha 31 de mayo de 2011 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologada por el Decreto 836/2011, concertaron un acuerdo de nivel S.E.ctorial relativo al régimen retributivo del personal del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial; de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte; de la Autoridad Regulatoria Nuclear; de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo; de la Comisión Nacional de Comercio Exterior; de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES; del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES; del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos; del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES; del PERSONAL EMBARCADO DEL Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero; de la COMISION NACIONAL

DE COMUNICACIONES; del PERSONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DE LAS FUERZAS ARMADAS (Decreto 4381/1973), del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS); del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE); del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET); de la Comisión Nacional de Valores; del ORGANISMO REGULADOR DE S.E.GURIDAD DE PRESAS; de EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO y de CASA DE MONEDA SOCIEDAD DEL ESTADO, S.E.ctoriales incluidas en el Anexo II al Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto 214/2006 y cuyas Comisiones Negociadoras no han sido constituidas a la fecha de la concertación.

Que en tal contexto por el Acta Acuerdo de fecha 23 de junio de 2011 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, S.E. instrumentó el incremento en las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes del personal comprendido en los escalafones vigentes en los organismos antes referidos, con vigencia a partir del 1 de junio de 2011, del 1 de agosto de 2011 y del 1 de diciembre de 2011, que fuera concertado por el Acta Acuerdo de fecha 31 de mayo de 2011 de la referida Comisión Negociadora General homologada por el Decreto 836/2011.

Que el mencionado Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la Ley 24185.

Que S.E. han cumplimentado las intervenciones prescriptas por el artículo 79, S.E.gundo párrafo, del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto 214/2006.

Que la Comisión Técnica Asesora de Política S.A.larial del S.E.ctor Público ha emitido el correspondiente dictamen.

Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y S.E.GURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención prevista en los artículos 7, 10 y concordantes de la Ley 24185.

Que por el artículo 101 de la Ley 26337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008 S.E. incorporó a la Ley 11672 Complementaria Permanente de Presupuesto (T. O. 2005) y sus modificatorias, el artículo 16 de la Ley 26198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007.

Que en atención a las prescripciones del artículo 16 de la Ley 26198, tratándose de incrementos generados en acuerdo colectivo en el marco de la Ley 24185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos que surgen de dicha norma y de la Ley 18753, deben tenerse por cumplidas las disposiciones del artículo 62 de la Ley 11672 Complementaria Permanente de Presupuesto (T. O. 2005) y sus modificatorias, con la suscripción del Acta de fecha 31 de mayo de 2011 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologada por el Decreto 836/2011, que dispone la vigencia del acuerdo concretado por el Acta de fecha 23 de junio de 2011 de la referida Comisión Negociadora General a partir del 1 de junio de 2011, del 1 de agosto de 2011 y del 1 de diciembre de 2011.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y S.E.GURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente S.E. dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1, de la Constitución Nacional y 14 de la Ley 24185.

Decreto

Artículo 1

Homológase el Acta Acuerdo y Anexos de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional de fecha 23 de junio de 2011, que como Anexo forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2

La vigencia de los incrementos retributivos acordados en el Acta Acuerdo homologada por el presente, S.E.rá a partir del 1 de junio de 2011, del 1 de agosto de 2011 y del 1 de diciembre de 2011, en las condiciones establecidas por las partes intervinientes y de conformidad con lo determinado en el punto S.E.XTO del Acta Acuerdo suscripta por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional de fecha 31 de mayo de 2011 homologada por el Decreto 836/2011.

Artículo 3

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos A. Tomada.

Anexo I - instituto Nacional de la Propiedad Industrial

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11 - En pesos

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Anexo II - instituto Nacional de la Propiedad Industrial

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11 - En pesos

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Anexo III - instituto Nacional de la Propiedad Industrial

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11 - En pesos

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Anexo IV - comisión Nacional de Regulación del Transporte

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11 - En pesos

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Anexo V - comisión Nacional de Regulación del Transporte

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11 - En pesos

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Anexo VI - comisión Nacional de Regulación del Transporte

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11 - En pesos

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Anexo VII - autoridad Regulatoria Nuclear

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11 - En pesos

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Anexo VIII - autoridad Regulatoria Nuclear

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11 - En pesos

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Anexo IX - autoridad Regulatoria Nuclear

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11 - En pesos

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Anexo X - superintendencia de Riesgos del Trabajo

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11

Nota: En pesos

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1) La remuneración mínima S.E. calcula tomando solamente el monto fijo mínimo.

2) S.E. calcula tomando al monto fijo máximo como si fuera el 70% del total a pagar.

3) El tope máximo de remuneración variable consiste en aplicar el 30% a la remuneración máxima.

Anexo XI - superintendencia de Riesgos del Trabajo

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11

Nota: En pesos

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1) La remuneración mínima S.E. calcula tomando solamente el monto fijo mínimo.

2) S.E. calcula tomando al monto fijo máximo como si fuera el 70% del total a pagar.

3) El tope máximo de remuneración variable consiste en aplicar el 30% a la remuneración máxima.

Anexo XII - superintendencia de Riesgos del Trabajo

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11

Nota: En pesos

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1) La remuneración mínima S.E. calcula tomando solamente el monto fijo mínimo.

2) S.E. calcula tomando al monto fijo máximo como si fuera el 70% del total a pagar.

3) El tope máximo de remuneración variable consiste en aplicar el 30% a la remuneración máxima.

Anexo XIII - comisión Nacional de Comercio Exterior

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11 - En pesos

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SUMA FIJA REMUNERATIVA

NO BONIFICABLE

A partir del 1/6/11 - En pesos

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Anexo XIV - comisión Nacional de Comercio Exterior

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11 - En pesos

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SUMA FIJA REMUNERATIVA

NO BONIFICABLE

A partir del 1/8/11 - En pesos

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Anexo XV - comisión Nacional de Comercio Exterior

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11 - En pesos

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SUMA FIJA REMUNERATIVA

NO BONIFICABLE

A partir del 1/12/11 - En pesos

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Anexo XVI - Dirección General de Fabricaciones Militares

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11 - En pesos

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Anexo XVII - Dirección General de Fabricaciones Militares

IMPORTES MENSUALES A RECONOCER EN CONCEPTO DE ADICIONAL POR TITULO S.E.CUNDARIO E INFERIORES PARA EL PERSONAL CIVIL DE LA DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES

A partir del 1/6/11

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Anexo XVIII - Dirección General de Fabricaciones Militares

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11 - En pesos

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Anexo XIX - Dirección General de Fabricaciones Militares

IMPORTES MENSUALES A RECONOCER EN CONCEPTO DE ADICIONAL POR TITULO S.E.CUNDARIO E INFERIORES PARA EL PERSONAL CIVIL DE LA DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES

A partir del 1/8/11

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Anexo XX - Dirección General de Fabricaciones Militares

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11 - En pesos

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Anexo XXI - Dirección General de Fabricaciones Militares

IMPORTES MENSUALES A RECONOCER EN CONCEPTO DE ADICIONAL POR TITULO S.E.CUNDARIO E INFERIORES PARA EL PERSONAL CIVIL DE LA DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES

A partir del 1/12/11

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Anexo XXII - Organismo Nacional de Administración de Bienes

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11

Nota: En pesos

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Anexo XXIII - Organismo Nacional de Administración de Bienes

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11

Nota: En pesos

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Anexo XXIV - Organismo Nacional de Administración de Bienes

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11

Nota: En pesos

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Anexo XXV - organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11

Nota: En pesos

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Anexo XXVI - organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11

Nota: En pesos

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Anexo XXVII - organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11

Nota: En pesos

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Anexo XXVIII - Organo de Control de Concesiones Viales

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11

Nota: En pesos

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Anexo XXIX - Organo de Control de Concesiones Viales

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11

Nota: En pesos

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Anexo XXX - Organo de Control de Concesiones Viales

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11

Nota: En pesos

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Anexo XXXI - instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero

Nota: PERSONAL EMBARCADO

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11

Nota: En pesos

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Anexo XXXII - instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero

Nota: PERSONAL EMBARCADO

COMPENSACION ESPECIAL POR DIA DE EMBARQUE

PERSONAL TRIPULANTE DE LOS BUQUES DE INVESTIGACION PESQUERA Y CONTRATADOS

A partir del 1/6/11 - En pesos

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PERSONAL CIENTIFICO-TECNICO DEL Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, CONTRATADOS, BECARIOS, PASANTES Y PERSONAL DE OTROS ORGANISMOS PUBLICOS Y UNIVERSIDADES

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Anexo XXXIII

Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (PERSONAL EMBARCADO)

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11

Nota: En pesos

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Anexo XXXIV

Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (PERSONAL EMBARCADO)

COMPENSACION ESPECIAL POR DIA DE EMBARQUE

PERSONAL TRIPULANTE DE LOS BUQUES DE INVESTIGACION PESQUERA Y CONTRATADOS

A partir del 1/8/11 - En pesos

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PERSONAL CIENTIFICO-TECNICO DEL Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, CONTRATADOS, BECARIOS, PASANTES Y PERSONAL DE OTROS ORGANISMOS PUBLICOS Y UNIVERSIDADES

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Anexo XXXV - instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero

Nota: PERSONAL EMBARCADO

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11

Nota: En pesos

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Anexo XXXVI - instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero

Nota: PERSONAL EMBARCADO

COMPENSACION ESPECIAL POR DIA DE EMBARQUE

PERSONAL TRIPULANTE DE LOS BUQUES DE INVESTIGACION PESQUERA Y CONTRATADOS

A partir del 1/12/11 - En pesos

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PERSONAL CIENTIFICO-TECNICO DEL Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, CONTRATADOS, BECARIOS, PASANTES Y PERSONAL DE OTROS ORGANISMOS PUBLICOS Y UNIVERSIDADES

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Anexo XXXVII - Comision Nacional de Comunicaciones

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11

Nota: En pesos

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Anexo XXXVIII - Comision Nacional de Comunicaciones

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11

Nota: En pesos

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Anexo XXXIX - Comision Nacional de Comunicaciones

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11

Nota: En pesos

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Anexo Xl - Régimen para el Personal de Investigación y Desarrollos de las Fuerzas Armadas

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11 - En pesos

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Anexo Xli - Régimen para el Personal de Investigación y Desarrollos de las Fuerzas Armadas

Suplemento Especial No Remunerativo y No Bonificable

Vigente a partir del 1/6/11 - En pesos

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Anexo Xlii - Régimen para el Personal de Investigación y Desarrollos de las Fuerzas Armadas

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11 - En pesos

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Anexo Xliii - Régimen para el Personal de Investigación y Desarrollos de las Fuerzas Armadas

Suplemento Especial No Remunerativo y No Bonificable

Vigente a partir del 1/8/11 - En pesos

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Anexo Xliv - Régimen para el Personal de Investigación y Desarrollos de las Fuerzas Armadas

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11 - En pesos

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Anexo Xlv - Régimen para el Personal de Investigación y Desarrollos de las Fuerzas Armadas

Suplemento Especial No Remunerativo y No Bonificable

Vigente a partir del 1/11/11 - En pesos

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Anexo Xlvi - ente Nacional Regulador del Gas

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11

Nota: En pesos

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Anexo Xlvii - ente Nacional Regulador del Gas

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11

Nota: En pesos

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Anexo Xlviii - ente Nacional Regulador del Gas

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11

Nota: En pesos

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Anexo Xlix - ente Nacional Regulador de la Electricidad

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11 - En pesos

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Anexo L - ente Nacional Regulador de la Electricidad

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11 - En pesos

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Anexo Li - ente Nacional Regulador de la Electricidad

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11 - En pesos

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Anexo Lii - consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11

Nota: En pesos

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Anexo Liii - consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas

Programa de Jerarquización de la Actividad Científica y Tecnológica a partir del 1/6/11

Nota: En pesos

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Anexo Liv - consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11

Nota: En pesos

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Anexo Lv - consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas

Programa de Jerarquización de la Actividad Científica y Tecnológica a partir del 1/8/11

Nota: En pesos

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Anexo Lvi - consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11

Nota: En pesos

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Anexo Lvii - consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas

Programa de Jerarquización de la Actividad Científica y Tecnológica a partir del 1/12/11

Nota: En pesos

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Anexo Lviii - comisión Nacional de Valores

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11 - En pesos

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La aplicación del presente acuerdo, también regirá para la retribución del Cargo de Gerente General a partir de la S.A.nción de la norma correspondiente que S.E. encuentra en proceso de aprobación e instrumentación por el Poder Ejecutivo Nacional mediante PROY- S01: 0009436/2007.

Anexo Lix - comisión Nacional de Valores

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11 - En pesos

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La aplicación del presente acuerdo, también regirá para la retribución del Cargo de Gerente General a partir de la S.A.nción de la norma correspondiente que S.E. encuentra en proceso de aprobación e instrumentación por el Poder Ejecutivo Nacional mediante PROY- S01: 0009436/2007.

Anexo Lx - comisión Nacional de Valores

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11 - En pesos

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La aplicación del presente acuerdo, también regirá para la retribución del Cargo de Gerente General a partir de la S.A.nción de la norma correspondiente que S.E. encuentra en proceso de aprobación e instrumentación por el Poder Ejecutivo Nacional mediante PROY- S01: 0009436/2007.

Anexo Lxi - Organismo Regulador de S.e.guridad de Presas

Remuneraciones Vigentes a partir del 1/6/11

Nota: En pesos

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Anexo Lxii - Organismo Regulador de S.e.guridad de Presas

Remuneraciones Vigentes a partir del 1/8/11

Nota: En pesos

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Anexo Lxiii - Organismo Regulador de S.e.guridad de Presas

Remuneraciones Vigentes a partir del 1/12/11

Nota: En pesos

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Anexo Lxiv - educ.ar S.e.

En el marco del proceso de Negociación Colectiva y con el objeto de aplicar el incremento S.A.larial establecido por medio del Acta de fecha 31 de mayo de 2011, en orden a la vigencia establecida por dicha Acta y del procedimiento dispuesto en la Cláusula TERCERA de la misma, S.E. detalla que las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes del personal de EDUC.AR S.E., quedan incrementadas en un 10% a partir del 1/6/11; en un 10% a partir del 1/8/11 y en un 4% a partir del 1/12/11, porcentajes aplicables sobre las remuneraciones aprobadas vigentes al 31/5/2011.

Anexo Lxv - Casa de Moneda Sociedad del Estado

Remuneraciones vigentes a partir del 1/6/11 - En pesos

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Anexo Lxvi - Casa de Moneda Sociedad del Estado

Remuneraciones vigentes a partir del 1/8/11 - En pesos

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A partir del mes de julio del corriente año, el Organismo documentó que concluirá con el proceso de incorporación de las sumas correspondientes a Tickets en virtud de lo ordenado por la Ley 26341.

Anexo Lxvii - Casa de Moneda Sociedad del Estado

Remuneraciones vigentes a partir del 1/12/11 - En pesos

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A partir del mes de julio del corriente año, el Organismo documentó que concluirá con el proceso de incorporación de las sumas correspondientes a Tickets en virtud de lo ordenado por la Ley 26341.