Apruebase el boleto de compra-venta suscripto el 8 de S.E.ptiembre de 1976 entre el estado nacional argentino (comando en jefe del ejercito), como vendedor, representado por el S.E.ñor 2do comandante y jefe de la plana mayor a cargo del comando de ingenieros y en su caracter de presidente accidental del consejo de la vivienda- Ley 14135, coronel don eduardo victorio bergamo y la cooperativa de viviendas para suboficiales del ejercito 'covse' limitada, como compradora, representada por su presidente, S.E.cretario y tesorero, mediante el cual esta cooperativa adquiere una fracción de terreno situada en la ciudad de mendoza con destino a la construcción de viviendas para sus asociados, cuyas dimensiones, de conformidad con el plano de mensura confeccionado al efecto, son de doscientos treinta y S.E.is metros con S.E.senta centimetros (236, 0 m) al norte; quinientos S.E.tenta y un metros con cuarenta centimetros (571, 0 m) al este; trescientos cuarenta y tres metros con veinte centimetros (343, 0 m) al sud; doscientos dieciseis metros (216 m) al oeste sud oeste; noventa y ocho metros con S.E.senta centimetros (98, 0m) al sud oeste y trescientos S.E.tenta y cinco metros con cuarenta centimetros (375, 0 m) al nord oeste, formando una superficie total de veintiuna hectareas, cuatro mil ciento noventa y tres metros cuadrados, ochenta y cuatro decimetros cuadrados (21 ha 4193, 4 m2), con los linderos y demas especificaciones detalladas en la citada Ley 21316.
Visto
el Expte 8I34322/1, lo informado por el S.E.ñor Comandante en Jefe del Ejército, lo propuesto por el S.E.ñor Ministro de Defensa.
Considerando
Que en virtud de lo establecido por le Ley 21316 S.E. facultó al Poder Ejecutivo Nacional a vender en forma directa y por el régimen de la Ley 14135, a favor de la Cooperativa de Viviendas para Suboficiales "COVSE" Limitada, una fracción de terreno situada en la ciudad de MENDOZA, con destino a la construcción de viviendas para sus asociados;
Que esa venta debía efectuarse por intermedio del Comando de Ingenieros del Comando en Jefe del Ejército por un precio no inferior al que fijara el Tribunal de Tasaciones de la Nación, quien S.E. expidió al respecto;
Que en tales circunstancias con fecha 8 de S.E.ptiembre de 1976, S.E. firmó el boleto de compra-venta entre el Estado Nacional Argentino (Comando en Jefe del Ejército), como vendedor, representado por el S.E.ñor 2do Comandante y Jefe de la Plana Mayor a cargo del Comando de Ingenieros y en su carácter de Presidente Accidental del Consejo de la Vivienda - Ley 14135, Coronel Don EDUARDO VICTORIO BERGAMO y la Cooperativa de Viviendas para Suboficiales del Ejército "COVSE". Limitada, como compradora, representada por su Presidente, S.E.cretario y Tesorero;
Que ese boleto de compra-venta S.E. firmó "ad-referendum" del Poder Ejecutivo Nacional;
Ley
Decreto
Artículo 1
Apruébase el boleto de compra-venta suscripto el 8 de S.E.ptiembre de 1976 entre el Estado Nacional Argentino (Comando en Jefe del Ejército), como vendedor, representado por el S.E.ñor 2do Comandante y Jefe de la Plana Mayor a cargo del Comando de Ingenieros y en su carácter de Presidente Accidental del Consejo de la Vivienda - Ley 14135, Coronel Don EDUARDO VICTORIO BERGAMO y la Cooperativa de Viviendas para Suboficiales del Ejército "COVSE" Limitada, como compradora, representada por su Presidente, S.E.cretario y Tesorero, mediante el cual esta Cooperativa adquiere una fracción de terreno situada en la ciudad de MENDOZA con destino a la construcción de viviendas para sus asociados, cuyas dimensiones, de conformidad con el plano de mensura confeccionado al efecto, son de DOSCIENTOS TREINTA Y S.E.IS METROS con S.E.SENTA CENTIMETROS (236, 0 m) al Norte; QUINIENTOS S.E.TENTA Y UN METROS con CUARENTA CENTIMETROS (571, 0 m) al Este; TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS con VEINTE CENTIMETROS
(343, 0 m) al Sud; DOSCIENTOS DIECISEIS METROS (216 m) al Oeste Sud Oeste; NOVENTA Y OCHO METROS con S.E.SENTA CENTIMETROS (98, 0m) al Sud Oeste y TRESCIENTOS S.E.TENTA Y CINCO METROS con CUARENTA CENTIMETROS (375, 0 m) al Nord Oeste, formando una superficie total de VEINTIUNA HECTAREAS, CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS, OCHENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (21 Ha 4193, 4 m2), con los linderos y demás especificaciones detalladas en la citada Ley 21316.
Artículo 2
El importe de S.E.IS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL S.E.ISCIENTOS S.E.SENTA Y UN PESOS ($ 6882661.-) correspondiente al precio total de esta compra-venta, pagado por la compradora al vendedor, en el acto de la firma del boleto que S.E. aprueba, ingresará a la Cuenta de la Ley 14135.
Artículo 3
Designase al S.E.ñor Comandante de Ingenieros para que en nombre y representación del Estado Nacional Argentino (Comando en Jefe del Ejército) y en su carácter de Presidente del Consejo de la Vivienda - Ley 14135, firme la respectiva escritura traslativa de dominio, la que S.E. otorgará por ante el S.E.ñor Escribano General del Gobierno de la Nación, dentro de los NOVENTA (90) días a partir de la fecha de este Decreto.
Artículo 4
Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, tomen nota el Tribunal de Cuentas de la Nación y la Contaduría General de la Nación y archívese. — VIDELA.