Establecese que la Dirección Nacional de Migraciones pasa a depender en forma directa de la S.E.cretaria de población y relaciones c0n la comunidad del ministerio del interior.
Visto
el Decreto 990/1993 y sus modificatorios.
Considerando
Que a través del mencionado Decreto S.E. aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la S.E.CRETARIA DE POBLACION Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD dependiente de la citada cartera de Estado, tiene a su cargo, entre otros cometidos, formular y planificar el cumplimiento de las normas referidas a la política migratoria interna.
Que a fin de asegurar un mayor grado de eficiencia en el cumplimiento del aludido objetivo, resulta conveniente que la Dirección Nacional de Migraciones dependiente de la SUBSECRETARIA DE POBLACION del MINISTERIO DEL INTERIOR, pase a actuar bajo la dependencia directa de la S.E.CRETARIA DE POBLACION Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD del citado Ministerio.
Que dicha modificación no implica incremento alguno en el presupuesto del presente ejercicio para la referida Jurisdicción.
Que la presente medida S.E. dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional.
Decreto
Artículo 1
Establécese que la Dirección Nacional de Migraciones y sus unidades dependientes pasarán a depender en forma directa de la S.E.CRETARIA DE POBLACION Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Artículo 2
Sustitúyese el Anexo II del Decreto 990/1993 y modificatorios, en la parte correspondiente a la SUBSECRETARIA DE POBLACION —OBJETIVOS— dependiente de la S.E.CRETARIA DE POBLACION Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD del MINISTERIO DEL INTERIOR, el que quedará redactado tal como S.E. detalla en la planilla anexa al presente artículo.
Artículo 3
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Rodolfo C. Barra.
Anexo Al - Artículo 2
SUBSECRETARIA DE POBLACION
OBJETIVOS
Ejecutar las políticas, planes y proyectos en materia poblacional.
Elaborar estudios e investigaciones tendientes a facilitar definiciones de políticas demográficas.
Supervisar el Registro Nacional de las Personas y coordinar el debido cumplimiento de las normas previstas en la Ley 17671 (identificación, registro y clasificación del potencial humano nacional).