Exceptuase de las prescripciones del Decreto 984/2009, a la administración nacional de la S.E.guridad social, organismo dependiente del ministerio de trabajo, empleo y S.E.guridad social.
Visto
el Decreto 984/2009.
Considerando
Que por el artículo 1 del Decreto citado S.E. dispuso que las campañas institucionales de publicidad y de comunicación, así como el correspondiente S.E.rvicio publicitario creativo, arte y producción gráfica y audiovisual que realice la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, el Banco de la Nación Argentina y sus empresas vinculadas, y los demás organismos comprendidos en el artículo 8 de la Ley 24156, cualquiera fuere su fuente de financiamiento, deberán realizarse o contratarse conforme a las disposiciones establecidas por el aludido Decreto.
Que por el artículo 2 del Decreto mencionado precedentemente, S.E. dispuso que los organismos o entidades comprendidos en el artículo 1 deberán encomendar la realización de las campañas institucionales de publicidad y de comunicación a la S.E.CRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la que las efectivizará por intermedio de Telam S.E.
Que razones de índole operativa devienen pertinente exceptuar de las prescripciones del Decreto 984/2009 a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA S.E.GURIDAD SOCIAL, organismo dependiente del MINSTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y S.E.GURIDAD SOCIAL.
Que el presente S.E. dicta en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional.
Decreto
Artículo 1
Exceptúase de las prescripciones del Decreto 984/2009, a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA S.E.GURIDAD SOCIAL, organismo dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y S.E.GURIDAD SOCIAL.
Artículo 2
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos A. Tomada.