Designanse como presidente de la Comisión Nacional de Valores al licenciado D. Eduardo hecker (MI 12601. 207), como vicepresidente al licenciado D. Alejandro vanoli long biocca (MI 14222. 822) y como director al doctor D. Hector osvaldo helman (MI 8591. 730), para completar un período de ley.
Visto
el Expediente N S01:0422305/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Considerando
Que por la Resolución 797 de fecha 17 de octubre de 2006 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION S.E. aceptó la renuncia del Licenciado D. Narciso MUÑOZ (MI 7600981) al cargo de Presidente de la Comisión Nacional de Valores, organismo actuante en la órbita de la S.E.CRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Que, atento a dicha circunstancia, resulta necesario proceder a cubrir el cargo referido, así como los de Vicepresidente y Director del citado organismo que S.E. encuentran vacantes.
Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION propone designar al Licenciado D. Eduardo HECKER, al Licenciado D. Alejandro VANOLI LONG BIOCCA y al Doctor D. Héctor Osvaldo HELMAN para ocupar los cargos de Presidente, Vicepresidente y Director de la mencionada Comisión Nacional, respectivamente.
Que las personas propuestas reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para desempeñar las mencionadas funciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida S.E. dicta en virtud de lo establecido por el artículo 2 de la Ley 17811, sustituido por el artículo 1 de la Ley 22000.
Decreto
Artículo 1
Desígnase como Presidente de la Comisión Nacional de Valores al Licenciado D. Eduardo HECKER (MI 12601207), para completar un período de ley.
Artículo 2
Desígnase como Vicepresidente de la Comisión Nacional de Valores al Licenciado D. Alejandro VANOLI LONG BIOCCA (MI 14222822), para completar un período de ley.
Artículo 3
Desígnase como Director de la Comisión Nacional de Valores al Doctor D. Héctor Osvaldo HELMAN (MI 8591730), para completar un período de ley.
Artículo 4
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.