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Decreto 167/2012
Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas
Decreto 7732007 - Modificación
Año de sanción 2012
Fecha de sanción 2012-02-03
Organismo de origen Poder Ejecutivo Nacional
Modifica Ley 17671
Decreto 773/2007
Decreto 261/2011
Enlazada por Ley 17671
Decreto 773/2007
Decreto 261/2011
Decreto 2677/2012
Policía Federal Argentina
Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas
Enlaces oficiales Texto original

Modificase el Decreto 773/2007, relacionado con la estructura organizativa.

Visto

el Expediente N S02:0001695/2011 del registro de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, la Ley 17671 y sus modificatorios, el Decreto 773/2007 y sus modificatorios, y el Decreto 261/2011.

Considerando

Que la Ley 17671 establece las atribuciones y funciones de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que por el Decreto 773/2007 y sus modificatorios, S.E. aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, Organismo Descentralizado en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que a través del Decreto 261/2011, S.E. dispuso que, con excepción de los pasaportes diplomáticos y oficiales, los distintos tipos de pasaportes nacionales S.E.rán otorgados en todo el territorio de la Nación por la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas.

Que, asimismo, por el Decreto mencionado, S.E. facultó al citado Organismo para celebrar convenios con la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA, Organismo dependiente de la S.E.cretaría de Asuntos Registrales del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y con la Policía Federal Argentina, dependiente del MINISTERIO DE S.E.GURIDAD, con el objeto de intercambiar información de antecedentes personales en oportunidad de emitir los pasaportes solicitados por los ciudadanos.

Que, en función de lo expuesto, resulta conveniente modificar la conformación organizativa de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR y la ex S.E.CRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida S.E. dicta en ejercicio de las facultades atribuidas por el inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional.

Decreto

Artículo 1

Incorpórase al Anexo II —Objetivos—, aprobado por el artículo 1 del Decreto 773/2007 y sus modificatorios, el objetivo 13 a la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Entender en el otorgamiento de los distintos tipos de pasaportes nacionales, con excepción de los pasaportes diplomáticos y oficiales".

Artículo 2

Sustitúyese el Anexo I —Organigrama—, aprobado por el artículo 1 del Decreto 773/2007 y sus modificatorios, a fin de incorporar la Dirección Nacional de Documentos de Viaje de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, de conformidad con el Anexo I del presente Decreto.

Artículo 3

Incorpórase al Anexo ll aprobado por el artículo 1 del Decreto 773/2007 y sus modificatorios, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección Nacional de Documentos de Viaje de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, de conformidad con el Anexo II de la presente medida.

Artículo 4

Facúltase al titular de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, previa intervención de la S.E.CRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar DOS (2) cargos de conducción en el ámbito de la Dirección Nacional de Documentos de Viaje.

Artículo 5

Facúltase al titular de la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, previa intervención de la S.E.CRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a redistribuir y modificar la Dotación del Organismo que resulte necesaria, dentro de los cargos financiados previstos por el presupuesto vigente.

Artículo 6

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida S.E.rá atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas del Presupuesto vigente de la jurisdicción 30 —MINISTERIO DEL INTERIOR—, Organismo Descentralizado 200 REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Artículo 7

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

Anexo I - [Dec167-6-1-2012.Jpg]

Anexo II - Ministerio del Interior

Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas

DIRECCION NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Entender en el otorgamiento de Documentos de Viaje y Pasaportes nacionales, centralizando la información de antecedentes personales y el intercambio de la misma, mediante la celebración y S.E.guimiento de Convenios.

Administrar la información producida por las distintas áreas del organismo referido a la toma de trámites, emisión y entrega de pasaportes nacionales y documentos de viaje en tiempo y forma.

ACCIONES:

1) Propiciar, celebrar, administrar y gestionar Convenios con los Organismos Nacionales a fin de establecer las previsiones adecuadas en orden a centralizar la información de antecedentes personales necesarios para el otorgamiento del Pasaporte.

2) Impulsar la realización de Acuerdos con organismos provinciales, municipales y organizaciones no gubernamentales, en el ámbito de su competencia.

3) Intervenir en la formulación de propuestas normativas referentes al otorgamiento de documentos de viaje y pasaportes.

4) Mantener actualizados los registros y sistemas de información del área.

5) Producir informes sobre las actividades desarrolladas y formular las recomendaciones necesarias para la optimización de las mismas.

6) Detectar e intervenir en ocasión de observarse desviaciones o situaciones especiales en cualquier etapa del proceso de otorgamiento de pasaportes.