Derógase el Decreto 167/1986, por el que S.E. estableciera un régimen jurisdiccional en materia de autorización y aprobación de contrataciones en el ministerio de economia, la S.E.cretaria de hacienda y la Comisión Nacional de Valores.
Visto
el Decreto 167/1986 por el cual S.E. estableció el régimen jurisdiccional en materia de autorización y aprobación de contrataciones en el MINISTERIO DE ECONOMIA, las S.E.CRETARIAS DE HACIENDA Y DESARROLLO REGIONAL y la Comisión Nacional de Valores.
Considerando
Que por Resolución M. E. 371 del 22 de abril de 1987 en orden a la facultad otorgada por el artículo 5 del Decreto 28/1987 que modificó los límites determinados en los artículos 56 — inciso 1 y 3 apartado a), 57, 58 y 62 S.E.gundo párrafo de la Ley de Contabilidad, S.E. ajustaron en las jurisdicciones mencionadas los respectivos montos de autorización y aprobación de gastos.
Que la circunstancia de la modificación estructural producida en el ámbito del citado Ministerio como consecuencia de la aplicación de las normas dispuestas por el Decreto 2193/1986, hace necesario proceder a la modificación de las instancias previstas en aquellos actos.
Que resulta de la competencia del PODER EJECUTIVO NACIONAL, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 58 de la Ley de Contabilidad, determinar los funcionarios con facultades para autorizar y aprobar las contrataciones.
Decreto
Artículo 1
Derógase el Decreto 167/1986.
Artículo 2
Toda compra-venta, como así también toda convención sobre trabajos, suministros de especies, locaciones, arrendamientos, S.E.rvicios y en general cualquier acuerdo que signifique una S.A.lida o entrada de fondos que no esté reglada legalmente en forma especial, que S.E. realice en jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA, las S.E.CRETARIAS DE HACIENDA y de DESARROLLO REGIONAL y la Comisión Nacional de Valores, S.E.rá autorizada y aprobada, hasta el límite de los importes consignados en los ANEXOS I a IV que forma parte del presente Decreto por los funcionarios que allí S.E. determinan.
Artículo 3
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alfonsín. — J. V. Sourrouille. — Mario S. Brodersohn.