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Decreto 1834/2007
Fondo Nacional de las Artes
Remuneración para los Vocales del Directorio - Modificación
Año de sanción 2007
Fecha de sanción 2007-12-05
Organismo de origen Poder Ejecutivo Nacional
Modifica Decreto 1750/2005
Modificada por Decreto 2294/2008
Decreto 757/2010
Enlazada por Ley 26198
Decreto 1716/1992
Decreto 838/1994
Decreto 1750/2005
Decreto 140/2007
Decreto 757/2007
Decreto 2294/2008
Decreto 757/2010
Fondo Nacional de las Artes
Enlaces oficiales Texto original
Texto actualizado

Modificase la remuneración para los vocales del directorio, del citado organismo autarquico en el ambito de la S.E.cretaria de cultura.

Visto

el Expediente 815/07 del Registro del Fondo Nacional de las Artes, organismo autárquico en el ámbito de la S.E.CRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007 aprobado por la Ley 26198, el Decreto- Ley 1224 de fecha 3 de febrero de 1958, los Decretos Nros. 1750 de fecha 29 de diciembre de 2005 y 757 de fecha 19 de junio de 2007.

Considerando

Que mediante el artículo 4 del Decreto 1750/2005 S.E. fijó una remuneración para los vocales del Directorio del Fondo Nacional de las Artes, organismo autárquico en el ámbito de la S.E.CRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que mediante el desarrollo del proceso de negociación colectiva para el personal de la Administración Pública Nacional S.E. ha formalizado el otorgamiento de incrementos S.A.lariales, mediante la instrumentación de las políticas del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que en virtud de lo establecido por el Decreto 757/2007 y de acuerdo a su Artículo 3 opera la extensión de los porcentajes de incrementos S.A.lariales establecidos en los instrumentos que S.E. homologan mediante su Artículo 1 a las retribuciones del personal comprendido en el Decreto 838/1994 y sus modificaciones, en el régimen del Decreto 1716/1992 y en el Decreto 140/2007.

Que en el marco de dicho proceso S.E. hizo imprescindible contemplar la actualización de las retribuciones de las autoridades superiores de los organismos descentralizados, a los efectos de que las mismas S.E.an consecuentes con un ordenamiento jerárquico razonable y una genuina pirámide S.A.larial en función de la responsabilidad que corresponde a los diversos estamentos que conforman la estructura de la Administración Nacional.

Que la erogación pertinente S.E.rá financiada con recursos propios del Fondo Nacional de las Artes.

Que han tomado la intervención que les compete el DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JURIDICOS del Fondo Nacional de las Artes, la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la S.E.CRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA S.A.LARIAL DEL S.E.CTOR PUBLICO.

Que la presente medida S.E. dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional.

Decreto

Artículo 1

Modifícase la remuneración prevista por el artículo 4 del Decreto 1750/2005 para los vocales del DIRECTORIO del Fondo Nacional de las Artes, organismo autárquico en el ámbito de la S.E.CRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y fíjase en la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES ($ 2812) mensuales. (Remuneración sustituida por artículo 1 del Decreto 2294/2008)

Artículo 2

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, S.E.rá atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 20 - Entidad 802 - Programa 16 - Actividad 2 - inciso 1 - Partida Principal 1.

Artículo 3

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. —Aníbal D. Fernández.