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Decreto 1909/2006
Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos
Escala de Remuneraciones - Aprobación
Año de sanción 2006
Fecha de sanción 2006-12-20
Organismo de origen Poder Ejecutivo Nacional
Modifica Decreto 365/1998
Decreto 875/2005
Enlazada por Ley 11672
Ley 20744
Decreto 365/1998
Decreto 1142/2003
Decreto 875/2005
Decreto 214/2006
Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos
Enlaces oficiales Texto original

Apruebase la escala de remuneraciones para el personal de planta permanente del citado organismo.

Nota: Se declara valido por resolución S/N del honorable S.E.nado de la nación. y la resolución S/N de la honorable camara de diputados de la nación. .

Visto

el Expediente 00099/2006 del Registro del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la S.E.CRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y S.E.RVICIOS, la Ley 20744 (T. O. 1976) y sus modificatorias.

Considerando

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el incremento S.A.larial del personal dependiente del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), organismo descentralizado, actuante en la órbita de la S.E.CRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y S.E.RVICIOS.

Que la estructura S.A.larial de dichos trabajadores no ha sido modificada desde su aprobación dispuesta por el Decreto 365/1998.

Que por el Decreto 875/2005, S.E. homologó el incremento S.A.larial para los trabajadores de la Administración Pública Nacional comprendidos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.).

Que dicho incremento S.E. encontró limitado al personal comprendido en el régimen aludido precedentemente, sin contemplar al personal de la Administración Pública Nacional regido por las normas de la Ley 20744 (T. O. 1976) y sus modificatorias.

Que en el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), la totalidad del personal de planta permanente S.E. encuentra regido en su relación laboral por el Régimen de Contrato de Trabajo, no habiendo sido alcanzados sus dependientes por los incrementos mencionados.

Que a su vez, por la Decisión Administrativa 702 de fecha 28 de diciembre de 2004, S.E. aprobó la actual estructura organizativa del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) la que permitió dotar al ente de un instrumento que acompañe los criterios sistémicos e integradores que correspondía implementar, a los efectos de incrementar la eficiencia y eficacia en la concreción de sus funciones y objetivos.

Que también esa estructura contempló una redistribución novedosa de las misiones y funciones asignadas al Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) entre las distintas áreas, a efectos de reorientar los mecanismos de funcionamiento hacia una visión sistémica y proactiva de la tarea, en concordancia con las políticas delineadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para el S.E.ctor.

Que a su vez, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto 214/2006, en su Título I, Capítulo I, Artículo 3, S.E.gundo párrafo, S.E.ñala que: "Si durante la vigencia del presente Convenio S.E. dictaran leyes o actos administrativos, que alcancen a algún S.E.ctor de trabajadores comprendidos, y cuya aplicación resultara más beneficiosa para dicho personal, las mismas podrán S.E.r incorporadas al convenio general o S.E.ctorial, S.E.gún corresponda, previa consulta a la Comisión Permanente de Aplicación y Relaciones Laborales…"

Que el citado Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional resulta de aplicación para el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), en razón de lo estipulado en los Anexos al mismo.

Que por tales argumentaciones, el Directorio del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), propone la modificación de la escala S.A.larial incluida como Anexo al artículo 3 del Decreto 365/1998 por la que S.E. agrega como anexo a la presente medida, a fin de asegurar el desarrollo de las funciones regulatorias que S.E. le han asignado.

Que ha tomado debida intervención la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA S.A.LARIAL DEL S.E.CTOR PUBLICO, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la S.E.CRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que resulta necesario hacer una excepción a lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley 11672 (T. O. 2005) y sus modificaciones, toda vez que la vigencia de la modificación en la escala retributiva rige a partir del 1 de enero de 2006.

Que la situación planteada configura una circunstancia excepcional que hace imposible S.E.guir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la S.A.nción de leyes.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Decreto 1142/2003.

Que la presente medida S.E. dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso 3 del artículo 99 de la Constitución Nacional.

Decreto

Artículo 1

Apruébase la escala de remuneraciones que como Anexo forma parte integrante de la presente medida, para el personal de planta permanente del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA).

Artículo 2

La vigencia del presente S.E.rá a partir del 1 de enero de 2006.

Artículo 3

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, S.E.rá atendido con cargo a los créditos de las partidas específicas del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), organismo descentralizado, actuante en la órbita de la S.E.CRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y S.E.RVICIOS.

Artículo 4

Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION en virtud de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 99 de la Constitución Nacional.

Artículo 5

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández. — Julio M. De Vido. — Alberto J. B. Iribarne — Ginés M. González García. — Felisa Miceli. — Alicia M. Kirchner. — Daniel F. Filmus. — Jorge E. Taiana. — Nilda C. Garré. — Carlos A. Tomada.

Anexo

CARGOS

SUELDO

BASICO

DEDICACION

FUNCIONAL

ADICIONAL

FUNCION

TOTAL

CARGO

JERARQUICO

AUDITOR

2280, 0

2280, 0

3360, 0

7920, 0

GERENTE

2280, 0

2280, 0

3360, 0

7920, 0

SUBGERENTE

1320, 0

1320, 0

2760, 0

5400, 0

JEFE DE DEPARTAMENTO

1200, 0

1200, 0

2400, 0

4800, 0

SENIOR A

2100, 0

2100, 0

4200, 0

SENIOR B

1800, 0

1800, 0

3600, 0

SEMISENIOR I

1500, 0

1500, 0

3000, 0

SEMISENIOR 2

1200, 0

1200, 0

2400, 0

JUNIOR

1900, 0

900, 0

1800, 0

JUNIOR

2768, 0

768, 0

1536, 0

ADMINISTRATIVO 1

704, 0

704, 0

1408, 0

ADMINISTRATIVO 2

384, 0

384, 0

768, 0

Senado de la Nación

CONGRESO DE LA NACION

Resolución

Declárase la validez del Decreto 1909/2006.

Bs. As., 23/5/2007

PE-130/07

Al S.E.ñor Presidente de la Nación.

Tengo el honor de dirigirme al S.E.ñor Presidente, a fin de comunicarle que el Honorable S.E.nado, en la fecha, ha S.A.ncionado el siguiente proyecto de resolución:

EL S.E.NADO

DE LA NACION,

Resolución

Artículo 1

Declarar la validez del Decreto 1909/2006.

Artículo 2

Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional." — JOSE J. B. PAMPURO. — Juan H. Estrada.

Resolución

Artículo 1

Declarar la validez del Decreto 1909/2006 de fecha 20 de diciembre de 2006.

Artículo 2

Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.