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Decreto 23/2003
Personal Militar
Designaciones - Jefe de Estado Mayor
Año de sanción 2003
Fecha de sanción 2003-05-27
Organismo de origen Poder Ejecutivo Nacional
Modificada por Decreto 1534/2008
Decreto 247/2011
Decreto 831/2013
Enlazada por Ley 23554
Decreto 1534/2008
Decreto 247/2011
Decreto 831/2013
Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas
Enlaces oficiales Texto original

Designanse jefes de los estados mayores generales de las fuerzas armadas y del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Visto

lo informado por el S.E.ñor Ministro de Defensa; y

Considerando

Que resulta necesario y urgente designar nuevos Jefes de los ESTADOS MAYORES GENERALES DE LAS FUERZAS ARMADAS y del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas.

Que en virtud de lo dispuesto por la Ley 23554, en su artículo 23, S.E.gundo párrafo, los jefes de los ESTADOS MAYORES GENERALES DE LAS FUERZAS ARMADAS S.E.rán designados por el S.E.ñor Presidente de la Nación entre los Generales, Almirantes y Brigadieres del cuerpo comando en actividad.

Que el Presidente de la Nación es Comandante en Jefe de todas las Fuerzas Armadas, de conformidad con lo prescripto en el inciso 12 del artículo 99 de la Constitución Nacional.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Defensa ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida S.E. dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1, 12 y 14 de la Constitución Nacional.

Decreto

Artículo 1

Desígnase Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, al General de Brigada D. Roberto Fernando BENDINI (MI 7762496).

Artículo 2

Desígnase Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, al Contraalmirante D. Jorge Omar GODOY (MI 8700701).

Artículo 3

Desígnase Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA, al Brigadier D. Carlos Alberto ROHDE (MI 7930665).

Artículo 4

Desígnase Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, al Brigadier Mayor D. Jorge Alberto CHEVALIER (MI 7996576).

Artículo 5

La presente medida regirá a partir de su fecha.

Artículo 6

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — KIRCHNER. — José J. B. Pampuro.