Apruebase el modelo de contrato de prestamo birf destinado al proyecto de sistema de identificación nacional tributario y social (sintys).
Visto
el Expediente 23948/2008 del Registro de la S.E.CRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Decreto 528/1999, el Contrato de Préstamo BIRF 4459-AR y el nuevo Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para S.E.r suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF).
Considerando
Que a través del Decreto 528/1999, S.E. aprobó el Contrato de Préstamo BIRF 4459-AR, con destino al PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS).
Que el referido proyecto, tiene por objeto identificar los atributos sociales y/o tributarios de las personas físicas y entidades legales en la REPUBLICA ARGENTINA, por intermedio de un sistema de intercambio de información sustentable que procure mejorar la eficiencia, efectividad e impacto de los S.E.rvicios sociales y programas tributarios en los niveles federal, provincial y municipal.
Que conforme fuera previsto en el citado Contrato de Préstamo, el PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS) S.E. desarrolla en TRES (3) etapas; "Fase I: de Demostración", "Fase II: de Expansión" y "Fase III: de Consolidación".
Que a través del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS) ya ejecutó la "Fase I: de Demostración" a través del Contrato de Préstamo BIRF 4459-AR, aprobado por el citado Decreto 528/1999. La primera parte de la Fase II S.E. ejecutó a través de la Enmienda 3 aprobada por Decreto 392/2006, del Contrato de Préstamo BIRF 4423-AR, aprobado por Decreto 102 de fecha 11 de febrero 1999.
Que en el marco de una nueva operación de crédito con el objeto de financiar la S.E.gunda parte de la "Fase II: de Expansión" y la "Fase III: de Consolidación", el Gobierno Nacional recibió un adelanto para la preparación del Proyecto del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS (U$S 1489300) instrumentado a través de la Carta Acuerdo 4400, firmada el 23 de abril de 2008.
Que a fin de posibilitar la continuidad en la ejecución del PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS), a través del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) S.E. compromete a asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA, por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE MILLONES (U$S 20000000), a través del Contrato de Préstamo BIRF, cuyo modelo S.E. aprueba por el presente.
Que la formalización de esta operatoria del Préstamo requiere que la REPUBLICA ARGENTINA, por medio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo BIRF de que S.E. trata, y su documentación complementaria.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, períodos de gracia, las tasas de interés, comisiones por compromiso y demás cláusulas contenidas en el nuevo Contrato de Préstamo propuesto para S.E.r suscripto, son los usuales que S.E. adoptan en este tipo de operaciones y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que está destinado este préstamo.
Que ha tomado intervención el S.E.rvicio Jurídico competente.
Que la presente medida S.E. dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional, los Artículos 57 y 60 in fine de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del S.E.ctor Público Nacional 24156 y sus modificaciones, el Artículo 40 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto 11672 (T. O. 2005) y la Ley 26135.
Decreto
Artículo 1
Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF, destinado al PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS) FASE II, a suscribirse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), por un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE MILLONES (U$S 20000000), que consta de CINCO (5) artículos, TRES (3) anexos y UN (1) apéndice, cuya copia autenticada en idioma inglés y su traducción al idioma español forman parte integrante del presente Decreto como Anexo I, adjuntándose como Anexo II, copia autenticada en idioma inglés y su traducción al idioma español de las "Condiciones Generales para otorgar Préstamos" del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) de fecha 1 de julio de 2005, de acuerdo a la última modificación de fecha 12 de febrero de 2008, formada por DIEZ (10) artículos, S.E.SENTA Y UNA (61) S.E.cciones y UN (1) apéndice.
Asimismo, forman parte integrante de la presente medida como Anexo III, las versiones en idioma español de las "Normas de Contrataciones con Préstamos del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) y/o con Créditos de la ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO (AIF)" y de las "Normas de S.E.lección y Contratación de Consultores por Prestatarios del BANCO MUNDIAL (BM)", ambas correspondientes a la edición del mes de mayo de 2004, con las revisiones de octubre de 2006.
Artículo 2
Facúltase al S.E.ñor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe a suscribir, el Contrato de Préstamo BIRF, cuyo modelo S.E. aprueba por el Artículo 1 del presente Decreto.
Artículo 3
Facúltase al S.E.ñor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir modificaciones al Contrato cuyo modelo S.E. aprueba por el Artículo 1 de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto del Préstamo, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.
Artículo 4
Dispónese que el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a través de la Unidad Ejecutora Central (UEC), creada por Decreto 812/1998, continuará desarrollando las tareas de ejecución y administración en el PROYECTO DE SISTEMA DE IDENTIFICACION NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS) FASE II, quedando facultado a realizar por sí y/o delegar, las contrataciones y adquisiciones a S.E.r financiadas con los recursos del préstamo para la implementación del programa, y de acuerdo con las normas y procedimientos contenidos en el Contrato de Préstamo cuyo modelo S.E. aprueba por el Artículo 1 del presente Decreto.
Artículo 5
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — S.E.rgio T. Massa. — Carlos R. Fernández. — Alicia M. Kirchner.