Suspendese el S.E.rvicio de telefonia celular movil asignado a funcionarios y empleados de sus distintas dependencias.
Visto
el Expediente 491196 del registro del Ministerio del Interior, lo informado por el S.E.ñor Prefecto Nacional Naval, lo propuesto por el S.E.ñor Ministro del Interior.
Considerando
Que el Decreto 660/1996, dispuso la transferencia de la Prefectura Naval Argentina y la Gendarmería Nacional Argentina del ámbito del Ministerio de Defensa al MINISTERIO DEL INTERIOR, con sus competencias, cargos, dotaciones, créditos presupuestarios y bienes.
Que la Ley 23985 establece las normas sobre inmuebles pertenecientes al dominio del Estado Nacional Argentino que S.E. encuentren asignados en uso y administración a las Fuerzas Armadas, la que fuera reglamentada por el Decreto 653/1996.
Que la Ley 24159 establece que las disposiciones de la precitada norma legal S.E.rán de aplicación para ambas Fuerzas.
Que es necesario delegar en el S.E.ñor Ministro del Interior aquellas facultades y atribuciones que, por su naturaleza, facilitan el accionar de la Prefectura Naval Argentina y la Gendarmería Nacional Argentina, sin perjuicio de que ulteriores necesidades funcionales tornen procedente la ampliación de las mismas.
Que ha tomado intervención la Asesoría Jurídica de la Prefectura Naval Argentina y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la presente medida S.E. dicta en ejercicio de las facultades que atribuye al PODER EJECUTIVO NACIONAL el inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional y el artículo 2 de la Ley 23985.
Decreto
Artículo 1
Delégase en el S.E.ñor Ministro del Interior el carácter de autoridad de aplicación de la Ley 23985, en los términos de su artículo 2 y normas reglamentarias vigentes y de la Ley 24159, en todo lo que corresponda a inmuebles pertenecientes al dominio del Estado Nacional Argentino que S.E. encuentren asignados en uso y administración a la Prefectura Naval Argentina y a la Gendarmería Nacional Argentina.
Artículo 2
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — DE LA RUA. — Federico T. M. Storani.