Escudo de la República Argentina.png
Decreto 35/2001
Administración Pública Nacional
Suspension del SErvicio de Telefonia Celular Movil
Año de sanción 2001
Fecha de sanción 2001-12-26
Organismo de origen Poder Ejecutivo Nacional
Modifica Ley 24156
Decreto 324/1995
Decreto 23/2001
Modificada por Decreto 116/2002
Decreto 1382/2012
Enlazada por Ley 23985
Ley 24156
Ley 24159
Decreto 324/1995
Decreto 977/1995
Decreto 653/1996
Decreto 660/1996
Decreto 23/2001
Decreto 116/2002
Decreto 1382/2012
Prefectura Naval Argentina
Enlaces oficiales Texto original

Suspendese el S.E.rvicio de telefonia celular movil asignado a funcionarios y empleados de sus distintas dependencias.

Visto

el Expediente 491196 del registro del Ministerio del Interior, lo informado por el S.E.ñor Prefecto Nacional Naval, lo propuesto por el S.E.ñor Ministro del Interior.

Considerando

Que el Decreto 660/1996, dispuso la transferencia de la Prefectura Naval Argentina y la Gendarmería Nacional Argentina del ámbito del Ministerio de Defensa al MINISTERIO DEL INTERIOR, con sus competencias, cargos, dotaciones, créditos presupuestarios y bienes.

Que la Ley 23985 establece las normas sobre inmuebles pertenecientes al dominio del Estado Nacional Argentino que S.E. encuentren asignados en uso y administración a las Fuerzas Armadas, la que fuera reglamentada por el Decreto 653/1996.

Que la Ley 24159 establece que las disposiciones de la precitada norma legal S.E.rán de aplicación para ambas Fuerzas.

Que es necesario delegar en el S.E.ñor Ministro del Interior aquellas facultades y atribuciones que, por su naturaleza, facilitan el accionar de la Prefectura Naval Argentina y la Gendarmería Nacional Argentina, sin perjuicio de que ulteriores necesidades funcionales tornen procedente la ampliación de las mismas.

Que ha tomado intervención la Asesoría Jurídica de la Prefectura Naval Argentina y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que la presente medida S.E. dicta en ejercicio de las facultades que atribuye al PODER EJECUTIVO NACIONAL el inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional y el artículo 2 de la Ley 23985.

Decreto

Artículo 1

Delégase en el S.E.ñor Ministro del Interior el carácter de autoridad de aplicación de la Ley 23985, en los términos de su artículo 2 y normas reglamentarias vigentes y de la Ley 24159, en todo lo que corresponda a inmuebles pertenecientes al dominio del Estado Nacional Argentino que S.E. encuentren asignados en uso y administración a la Prefectura Naval Argentina y a la Gendarmería Nacional Argentina.

Artículo 2

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — DE LA RUA. — Federico T. M. Storani.