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Decreto 388/2006
Agua y SAneamientos Argentinos
Directores Titulares - Designaciones
Año de sanción 2006
Fecha de sanción 2006-04-10
Organismo de origen Poder Ejecutivo Nacional
Promulga Ley 27504
Modifica Decreto 304/2006
Enlazada por Ley 19550
Ley 27504
Decreto 1142/2003
Decreto 304/2006
Enlaces oficiales Texto original

Designanse directores titulares de agua y S.A.neamientos argentinos S.A., al doctor D. Juan pablo raimundo bohoslavsky (MI 24924. 696), y al contador D. Ricardo jose ubieto (MI 5583. 876), en representación de las acciones clase 'a' del estado nacional.

Visto

el Expediente N S01:0107601/2006 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y S.E.RVICIOS y el Decreto 304/2006.

Considerando

Que mediante el artículo 1 del Decreto 304/2006, S.E. dispuso la constitución de la sociedad AGUA Y S.A.NEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., en la órbita de la S.E.CRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y S.E.RVICIOS, bajo el régimen de la Ley 19550 de Sociedades Comerciales —T. O. 1984— y sus modificatorias.

Que dicha Sociedad tiene por objeto llevar a cabo la prestación del S.E.rvicio de provisión de agua potable y desagües cloacales del área atendida por Aguas Argentinas S.A. hasta el día del dictado del Decreto mencionado, definida como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Quilmes, S.A.n Fernando, S.A.n Isidro, S.A.n Martín, Tres de Febrero, Tigre, Vicente López y Ezeiza, respecto de los S.E.rvicios de agua potable y desagües cloacales; Hurlingham e Ituzaingó, respecto del S.E.rvicio de agua potable, y los S.E.rvicios de recepción de efluentes cloacales en bloque de los Partidos de Berazategui y Florencio Varela; de acuerdo a las disposiciones que integran el régimen regulatorio de dicho S.E.rvicio.

Que asimismo dicha Sociedad podrá realizar aquellas actividades complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines y su objeto social, o bien que S.E.an propias, conexas y/o complementarias a las mismas tales como el estudio, proyecto, construcción, renovación, ampliación y explotación de las obras de provisión de agua y S.A.neamiento urbano y fiscalización de los efluentes industriales, así como la explotación, alumbramiento y utilización de las aguas subterráneas y superficiales.

Que por el artículo 3 del Decreto 304/2006, el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobó el Acta Constitutiva y los Estatutos Societarios de AGUA Y S.A.NEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., con sujeción a las previsiones del mismo.

Que a su vez, por el Artículo 4 del mencionado Decreto, S.E. ordenó la protocolización del Acta Constitutiva y de los Estatutos Societarios, así como de toda actuación que fuere menester elevar a escritura pública a los efectos registrales.

Que con el objeto de dar cumplimiento a lo consignado precedentemente, corresponde proceder a la designación de los integrantes del Directorio de dicha Sociedad, para lo cual resulta necesario el dictado de la presente medida.

Que las personas cuya designación S.E. propone reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir los cargos de Directores de la S.A. de que S.E. trata.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención de su competencia, en virtud de lo dispuesto por el artículo 9 del Decreto 1142/2003.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL S.E. encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de las atribuciones conferidas por el inciso 7 del artículo 99 de la Constitución Nacional.

Decreto

Artículo 1

Desígnanse Directores Titulares de AGUA Y S.A.NEAMIENTOS ARGENTINOS S.A., al Doctor D. Juan Pablo Raimundo BOHOSLAVSKY (MI 24924696), y al Contador D. Ricardo José UBIETO (MI 5583876), en representación de las acciones Clase "A" del ESTADO NACIONAL.

Artículo 2

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. —Julio M. De Vido.