La secretaria de energia sera la autoridad de aplicación de las Leyes numeros: 13660, 15336, 17319 y 21778, como asi tambien de las normas dictadas en su consecuencia.
Decreto
Artículo 1
La Secretaría de Energía será la autoridad de aplicación de las Leyes números: 13660, 15336, 17319 y 21778, como así también de las normas dictadas en su consecuencia.
Artículo 2
Asígnase a la Secretaría de Energía las facultades y atribuciones que emanan del artículo 4 de la artículo de la Ley 16657 de la artículo de la Ley 17435 de la artículo de la Ley 17509 de la artículo de la Ley 17574 de la artículo de la Ley 19552 del Decreto 22389/1945 y el artículo 3 del Decreto 3408/1979.
Artículo 3
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.