Crease las subsecretarias de gestion federal de proyectos y de politicas públicas y relaciones intergubernamentales, en el ambito de la S.E.cretaria de asistencia financiera a las provincias, del citado departamento de estado.
Visto
los Decretos Nros. 660 del 24 de junio de 1996 y 1410 del 3 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.
Considerando
Que los Decretos invocados han modificado la estructura estatal a fin de poner en practica la Reforma del Estado perseguida como fin por la Ley 24629.
Que en esta instancia S.E. plantea la necesidad de introducir modificaciones a la estructura del MINISTERIO DEL INTERIOR, a los fines de la creación de la SUBSECRETARIA DE GESTION FEDERAL DE PROYECTOS y de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS PUBLICAS Y RELACIONES INTERGUBERNAMENTALES, dependientes de la S.E.CRETARIA DE ASISTENCIA FINANCIERA A LAS PROVINCIAS.
Que resulta necesario producir las modificaciones pertinentes al Decreto 660/1996, adecuando el Organigrama y los Objetivos de las áreas respectivas del MINISTERIO DEL INTERIOR a las reales necesidades del citado Departamento de Estado.
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete, de acuerdo al Decreto 558/1996, expidiéndose favorablemente.
Que el presente S.E. dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional y del artículo 15 de la Ley 24938.
Por ello
DECRETA:
Artículo 1
Créanse la SUBSECRETARIA DE GESTION FEDERAL DE PROYECTOS y la SUBSECRETARIA DE POLITICAS PUBLICAS Y RELACIONES INTERGUBERNAMENTALES, en el ámbito de la S.E.CRETARIA DE ASISTENCIA FINANCIERA A LAS PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Artículo 2
Sustitúyese el artículo 1 del Decreto 1410/1996 modificado por los Decretos Nros. 153 del 14 de febrero de 1997, 1015 del 29 de S.E.ptiembre de 1997, 1166 del 7 de noviembre de 1997 y 403 de 13 de abril de 1998 por el siguiente texto:
Modifícase el Anexo I del Decreto 660/1996 en la parte pertinente al MINISTERIO DEL INTERIOR, cuya conformación S.E.rá la siguiente:
MINISTERIO DEL INTERIOR
Secretaría del Interior
Subsecretaría de Asuntos Institucionales
Subsecretaría para la Reforma Política
Subsecretaría de Derechos Humanos y Sociales
Subsecretaría de Población
Secretaría de Relaciones con la Comunidad
Subsecretaría de la Juventud
Subsecretaría de S.E.guridad Vial
Secretaría de Asistencia Financiera a las Provincias
Subsecretaría de Asistencia a las Provincias
Subsecretaría de Relaciones Económicas con las Provincias
Subsecretaría de Gestión Federal de Proyectos
Subsecretaría de Políticas Públicas y Relaciones Intergubernamentales
Secretaría de S.E.guridad Interior
Subsecretaría de S.E.guridad Interior
Subsecretaría de S.E.guridad
Subsecretaría de Planeamiento y Protección Civil
Subsecretaría de Asuntos Técnicos de S.E.guridad
Subsecretaría de Administración
Subsecretaría de Coordinación Técnica
Subsecretaría de Gestión de Programas
Gendarmería Nacional
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Artículo 3
Modifícase al Anexo II del Decreto 660/1996 en la parte correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, modificado a su vez por el artículo 2 del Decreto 1410/1996, artículo 3 del Decreto 153/1997, artículo 4 del Decreto 1015/1997, artículo 3 del Decreto 1166/1997 y el artículo 4 del Decreto 403/1998, en relación a la S.E.CRETARIA DE ASISTENCIA FINANCIERA A LAS PROVINCIAS, incorporándose al mismo los objetivos de las Subsecretarías indicadas en el artículo 1 del presente Decreto S.E.gún detalle obrante en el anexo correspondiente al presente artículo.
Artículo 4
Modifícanse el Anexo al artículo 6 del Decreto 1166/1997 en la parte pertinente al Organigrama de la S.E.CRETARIA DE ASISTENCIA FINANCIERA A LAS PROVINCIAS y el ANEXO IIIa del Decreto 1410/1996 en lo correspondiente al Programa Presupuestario 19-Asistencia Técnica y Financiera a las Provincias- Escalafón 100-Autoridades Superiores-, de acuerdo a los anexos al presente artículo.
Artículo 5
El gasto que demande la aplicación de la presente medida S.E.rá atendido con los créditos vigentes en la Jurisdicción 3000-MINISTERIO DEL INTERIOR-Programa 19 - Actividad 01.
Artículo 6
Modifícase el Presupuesto de la Jurisdicción 3000-MlNISTERIO DEL INTERIOR PROGRAMA 19 - Actividad 01, de acuerdo con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo.
Artículo 7
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodriguez.- Carlos V. Corach.
Anexo Al - Artículo 3
OBJETIVOS:
MINISTERIO DEL INTERIOR
SECRETARIA DE ASISTENCIA FINANCIERA A LAS PROVINCIAS
SUBSECRETARIA DE GESTION FEDERAL DE PROYECTOS
Participar en la coordinación de las relaciones con los Gobiernos de las Provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, asesorando en la formulación y gestión de proyectos de carácter federal.
Participar en el diseño de planes y programas para la reforma y transformación de las áreas territoriales y regionales.
Asistir en la formulación de proyectos que generen capacidad de correspondencia entre funciones y atribuciones jurisdiccionales, para lograr la corresponsabilidad entre los distintos niveles de gobierno.
SUBSECRETARIA DE POLITICAS PUBLICAS Y RELACIONES INTERGUBERNAMENTALES
Supervisar la gestión de las políticas y proyectos de asistencia técnica y financiera a los Estados Provinciales y al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Promover políticas públicas de reformas, transformación y modernización a nivel federal y regional, junto con las áreas correspondientes del Gobierno Nacional.
Asistir en la coordinación de las relaciones y responsabilidades institucionales-económico financieras intergubernamentales para proceder a una mayor compatibilización de las políticas nacionales.
VER EL RESTO DE LOS ANEXOS EN B.O. DEL 30/4/98 PAG. 4 Y SIGUIENTES.