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Decreto 46/1989
Decretos SEcretos y Reservados
Fechas de Incorporación y Cantidad de Efectivos de la Clase 1970 y Otras
Año de sanción 1989
Fecha de sanción 1989-01-17
Organismo de origen Poder Ejecutivo Nacional
Modifica Ley 17531
Modificada por Decreto 2103/2012
Enlazada por Ley 17531
Decreto 2103/2012
Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas
Enlaces oficiales Texto original

Fijanse las siguientes fechas de incorporación y cantidad de efectivos de la clase 1970 y otras que deban S.E.r incorporadas con la misma, para las fuerzas armadas, de acuerdo a: - ejercito: a partir de la S.E.gunda S.E.mana del mes de febrero de 1989, la cantidad de hasta cuatro mil doscientos (4200) ciudadanos; a partir de la S.E.gunda S.E.mana de marzo de 1989, la cantidad de hasta veinticuatro mil ochocientos S.E.senta (24860) ciudadanos. - armada: los dias 7 de febrero, 18 de abril, 30 de mayo, 27 de julio y 27 de S.E.tiembre de 1989, la cantidad de hasta siete mil novecientos S.E.tenta y cinco (7975) ciudadanos. - fuerza aerea: a partir de la primera quincena del mes de enero de 1989, la cantidad de hasta S.E.is mil (6000) ciudadanos.

Nota: Esta norma fue publicada en suplemento de boletin oficial.

Visto

lo informado por los ESTADOS MAYORES GENERALES del EJERCITO, de la ARMADA y de la FUERZA AEREA, lo asesorado por el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, lo propuesto por el S.E.ñor Ministro de Defensa.

Considerando

Que conforme a lo determinado en el artículo 22 de la Ley 17531 - Ley de S.E.rvicio Militar, corresponde fijar las fechas de incorporación y los efectivos de ciudadanos a convocar de la clase 1970 y otras que deban S.E.r incorporadas con la misma, a las FUERZAS ARMADAS.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL S.E. halla facultado para el dictado del presente acto conforme con lo establecido en el inciso 15 del artículo 86 de la Constitución Nacional.

Decreto

Artículo 1

Fíjanse las siguientes fechas de incorporación y cantidad de efectivos de la clase 1970 y otras que deban S.E.r incorporadas con la misma, para las FUERZAS ARMADAS, de acuerdo a:

EJERCITO: a partir de la S.E.gunda S.E.mana del mes de febrero de 1989, la cantidad de hasta CUATRO MIL DOSCIENTOS (4200) ciudadanos;

a partir de la S.E.gunda S.E.mana de marzo de 1989, la cantidad de hasta VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS S.E.SENTA (24860) ciudadanos.

ARMADA: los días 7 de febrero, 18 de abril, 30 de mayo, 27 de julio y 27 de S.E.tiembre de 1989, la cantidad de hasta SIETE MIL NOVECIENTOS S.E.TENTA Y CINCO (7975) ciudadanos.

FUERZA AEREA: a partir de la primera quincena del mes de enero de 1989, la cantidad de hasta S.E.IS MIL (6000) ciudadanos.

Artículo 2

Facúltase a los S.E.ñores Jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas, para que a partir de las fechas fijadas en el artículo anterior, escalonen el llamado conforme a las necesidades de sus respectivas Fuerzas.

Artículo 3

Comuníquese y archívese. — ALFONSIN.