Modificase el artículo 5 del Decreto 225/2015.
Visto
el Expediente N EX-2017-08351562-APN-DD#MS, la Ley 17102 y su Decreto Reglamentario 8248 de fecha 23 de diciembre de 1968, el Decreto 34/2015, el Decreto 225/2015.
Considerando
Que la Ley 17102 faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL para reformar el régimen de constitución, funcionamiento y manejo vigente en los organismos asistenciales o S.A.nitarios dependientes de la entonces S.E.cretaría de Estado de S.A.lud Pública, con el objeto de propender a su mayor rendimiento, la mejor y más amplia prestación de S.E.rvicios y al incremento de recursos para el desarrollo de sus programas, todo ello mediante la participación y aporte de las entidades oficiales o privadas que promuevan a esos efectos, la intervención activa de la comunidad.
Que, mediante el Decreto 34/2015, S.E. aprobó el Convenio suscripto entre el MINISTERIO DE S.A.LUD y el GOBIERNO de la PROVINCIA DE MISIONES a fin de crear el Ente Hospital de Alta Complejidad "Marta T. Schwarz" S.E.rvicio de Atención Médica Integral para la Comunidad y el Convenio suscripto entre el MINISTERIO DE S.A.LUD, el GOBIERNO de la PROVINCIA DE S.A.NTA CRUZ y el MUNICIPIO de EL CALAFATE, a fin de crear el Ente Hospital de Alta Complejidad "El Calafate" S.E.rvicio de Atención Médica Integral para la Comunidad, ambos de fecha 23 de diciembre de 2014.
Que, a su vez, en el artículo 19 del Título VI de los Estatutos de ambos Entes Hospitalarios de Alta Complejidad, que integran los Anexos l y II del Decreto 34/2015 S.E. establece, en cuanto a los aportes a cargo del PODER EJECUTIVO NACIONAL para su funcionamiento, que "...d) Los aportes del presupuesto nacional, integrados por una parte fija (60%) y una cantidad variable (40%), proporcional al cumplimiento de metas de producción y calidad incluidos en los Compromisos de Gestión, S.E.rán desembolsados trimestralmente, ocurriendo el aporte fijo en el primer, S.E.gundo y tercer trimestre del año; e) La porción variable del aporte presupuestario nacional, S.E.rá calculada en base al cumplimiento de las metas establecidas siguiéndose una forma polinómica...".
Que, en este S.E.ntido, en la Cláusula Novena de los Convenios de creación mencionados, S.E. establece que cada uno de los Entes elaborará un "Plan Estratégico Trienal", estructurado en Planes Operativos Anuales (POA), que S.E. constituirán en Compromisos de Gestión en los cuales S.E.rán establecidas metas de producción y de S.E.rvicios y metas de calidad técnico asistencial, calidad percibida y de gestión, cuyo cumplimiento fundará el aporte variable de la Nación.
Que por Decreto 225/2015, S.E. creó el FONDO FIDUCIARIO PÚBLICO denominado "FONDO PARA LOS S.E.RVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD - Decreto 34/2015", el que S.E. conformó como un fideicomiso de administración y financiero destinado al pago de los desembolsos trimestrales del ESTADO NACIONAL al presupuesto anual conforme el Decreto 34/2015.
Que por el artículo 5 del mentado Decreto S.E. creó el COMITÉ EJECUTIVO del "FONDO PARA LOS S.E.RVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD - Decreto 34/2015", integrado por UN (1) representante titular y UN (1) suplente, designados por los titulares de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del MINISTERIO DE S.A.LUD, y del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la PRESIDENCIA DE LA NACION, previéndose que la Presidencia de aquél S.E.ría ejercida por el representante del MINISTERIO DE S.A.LUD.
Que dicha medida S.E. cumplió a través de la constitución de un fideicomiso cuya finalidad es administrar los aportes de recursos presupuestarios anuales comprometidos por el ESTADO NACIONAL, conforme lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 34/2015.
Que la experiencia en la ejecución de las actividades encomendadas al Comité hace recomendable cambiar su conformación para facilitar la toma de decisiones y la ejecución de las acciones relativas al funcionamiento, S.E.guimiento y control del Fondo Fiduciario.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE S.A.LUD.
Que la presente medida S.E. dicta en virtud de las atribuciones emergentes del inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional.
Decreto
Artículo 1
Modifícase el artículo 5 del Decreto 225/2015, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 5
Créase el COMITÉ EJECUTIVO del "FONDO PARA LOS S.E.RVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD - Decreto 34/2015", que estará integrado por UN (1) representante titular y UN (1) suplente, designados por los titulares de las áreas del MINISTERIO DE S.A.LUD que, a continuación, S.E. detallan:
a) S.E.CRETARÍA DE POLITÍCAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS
b) SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
c) SUBSECRETARIA DE GESTION DE S.E.RVICIOS ASISTENCIALES
La Presidencia del COMITÉ EJECUTIVO S.E.rá ejercida por el representante de la S.E.CRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE S.A.LUD."
Artículo 2
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Jorge Daniel Lemus.