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Decreto 503/2016
Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos
Decreto 15262009 - Modificación
Año de sanción 2016
Fecha de sanción 2016-03-22
Organismo de origen Poder Ejecutivo Nacional
Promulga Ley 26853
Modifica Decreto 1526/2009
Decreto 1269/2011
Enlazada por Ley 26522
Ley 26853
Decreto 1526/2009
Decreto 1269/2011
Decreto 12/2015
Decreto 237/2015
Enlaces oficiales Texto original

Modificase el artículo 4 del estatuto social de radio y television argentina sociedad del estado que obra como anexo i del Decreto 1526/2009.

Visto

los Decretos 1526/09 y su modificatorio 1269/11, 12/15 y 237/15; y

Considerando

Que la Ley 26522 creó RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO (RTA S.E.).

Que por el Decreto 1526/2009 y su modificatorio 1269/11 S.E. aprobó el Estatuto Social de dicha sociedad.

Que mediante el Decreto 12/2015 S.E. creó el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al que por el Decreto 237/2015 S.E. le transfiere, entre otros entes, RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, propone adecuar a la nueva organización y estructura del Gobierno Nacional, las normas que regulan el ejercicio de los derechos societarios que le corresponden al ESTADO NACIONAL por su participación en el capital accionario de RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO.

Que la presente medida S.E. dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional.

Decreto

Artículo 1

Modifícase el artículo 4 del Estatuto Social de RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO que obra como Anexo l del Decreto 1526/2009, modificado por su similar 1269/11, el que quedará redactado a tenor del siguiente texto:

Artículo 4

Delégase en el SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS el ejercicio de los derechos societarios que le corresponden al ESTADO NACIONAL por su participación en el capital accionario de RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO".

Artículo 2

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.