Transfierese a la orbita de la S.E.cretaria general, la subsecretaria de comunicación y el comit federal de radiodifusion. Modificanse los Decretos nros. 20/99 y 94/2001.
Visto
el Decreto 20/1999, sus modificatorios y complementarios, el Decreto 402/2000, su modificatorio 25 del 11 de enero de 2001, el Decreto 77/2000, el Decreto 130/2001, y el Decreto 94/2001.
Considerando
Que por la primera de las normas citadas S.E. aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, como así también los objetivos de la diversas Unidades Organizativas que la integran, entre las que S.E. encuentran la S.E.CRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y la S.E.CRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que por los Decretos 77/00 y 402/00 S.E. aprobó la estructura organizativa de las mencionadas S.E.CRETARIAS con sus Organigramas, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones y Dotación, Planta Permanente Planta No Permanente de Personal Transitorio.
Que el Decreto 402/2000 es modificado por el Decreto 25/2001, incorporando la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION dentro de la órbita de la S.E.CRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que por el Decreto 94/2001 S.E. creó el SISTEMA NACIONAL DE MEDIOS PUBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO, en jurisdicción de la S.E.cretaría citada en el párrafo que antecede, aprobándose su Estatuto Social.
Que el Decreto 130/2001 aprobó EL PLAN NACIONAL DE MODERNIZACION y en tal S.E.ntido el Gobierno Nacional ha emprendido una labor sistemática de reforma y modernización del S.E.ctor Público Nacional.
Que en ese orden de ideas resulta apropiado adoptar las medidas que permitan optimizar las funciones de alguno de los organismos dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que el presente Decreto S.E. dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional.
Decreto
Artículo 1
Establécese que la S.E.CRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, pasará a denominarse S.E.CRETARIA DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACION, debiendo considerarse sustituida tal denominación cada vez que S.E. hace referencia a la S.E.cretaría citada en primer término.
Artículo 2
Transfiérese la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION del ámbito de la ex S.E.CRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION, actual S.E.CRETARIA DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACION, a la órbita de la S.E.CRETARIA GENERAL, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Artículo 3
Transfiérese el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION del ámbito de la ex S.E.CRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION, actual S.E.CRETARIA DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACION, a la órbita de la S.E.CRETARIA GENERAL, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Artículo 4
Las transferencias dispuestas por los artículos 2 y 3 del presente, comprende sus competencias, unidades organizativas con sus respectivos cargos, nivel de funciones ejecutivas, dotaciones, bienes y créditos presupuestarios vigentes a la fecha del presente, conservando su personal, sus respectivos niveles y grados de revista escalafonarios.
Artículo 5
Sustitúyese del Anexo I al artículo 1 del Decreto 20/1999 y sus modificatorios, —Organigrama de aplicación— los apartados I y IV, correspondientes a la S.E.CRETARIA GENERAL y a la ex S.E.CRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION, actual S.E.CRETARIA DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACION, respectivamente, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el que quedará conformado de acuerdo con el detalle que como planilla anexa al presente artículo, S.E. acompaña.
Artículo 6
Modifícanse los apartados I y IV, Anexo II al artículo 2 del Decreto 20/1999 y sus modificatorios, —Objetivos— en la parte correspondiente a la S.E.CRETARIA GENERAL y a la ex S.E.CRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION, actual S.E.CRETARIA DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACION, respectivamente, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACION, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo.
Artículo 7
La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el MINISTERIO DE ECONOMIA, realizarán las adecuaciones presupuestarias que correspondan a efectos de perfeccionar lo dispuesto por el presente Decreto.
Artículo 8
Hasta tanto S.E. instrumenten tales modificaciones presupuestarias a las que S.E. refiere el artículo precedente, las erogaciones a las que dé lugar lo dispuesto por la presente medida, S.E.rán atendidas con los créditos asignados a las reparticiones de origen.
Artículo 9
Dentro de los NOVENTA (90) días de dictada la presente medida, la S.E.CRETARIA GENERAL y la ex S.E.CRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION, actual S.E.CRETARIA DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACION ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACION, deberán elevar las propuestas de sus estructuras organizativas, a los fines de ajustarlas a los contenidos del presente, las que deberán S.E.r evaluadas por el S.E.ñor Jefe de Gabinete de Ministros y aprobadas por el S.E.ñor Presidente de la Nación.
Artículo 10
(Artículo derogado por artículo 164 de la Ley 26522 . Vigencia: ver artículo 156 de la norma de referencia)
Artículo 11
(Artículo derogado por artículo 164 de la Ley 26522 . Vigencia: ver artículo 156 de la norma de referencia).
Artículo 12
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — Domingo F. Cavallo.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 5
PRESIDENCIA DE LA NACION
Capítulo I - S.e.cretaria General
- SUBSECRETARIA GENERAL
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION
- SUBSECRETARIA DE COMUNICACION
Capítulo IV - S.e.cretaria de Cultura y Medios de Comunicación
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION
- SUBSECRETARIA DE CULTURA
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 6
PRESIDENCIA DE LA NACION
Capítulo I - S.e.cretaria General
1) Asistir en forma directa al Presidente de la Nación en las atribuciones que le asigna el inciso 9 del artículo 99 de la Constitución Nacional, en las actividades que aseguren la coherencia política de la acción de gobierno y en la coordinación del asesoramiento requerido para el establecimiento de objetivos, políticas y criterios de gestión.
2) Efectuar el S.E.guimiento y la verificación del cumplimiento de las directivas emanadas del Presidente del Nación y realizar las tareas especia les que este le encomiende, asesorándolo, además, sobre el diseño y actualización de la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL en el contexto de la realidad mundial y nacional, así como también en materia de consolidación del proceso democrático.
3) Asistir al Presidente de la Nación en el análisis de los requerimientos de la sociedad para el diseño de política públicas y en la relación con organizaciones y S.E.ctores representativos de la comunidad.
4) Supervisar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos por el Presidente de la Nación para la toma de decisiones en el más alto nivel.
5) Asistir al PODER EJECUTIVO NACIONAL en la elaboración del mensaje al Honorable Congreso Nacional sobre el estado de la Nación y en la de todos los mensajes, discursos y declaraciones públicas que S.E. le requieren.
6) Efectuar el S.E.guimiento de aquellos temas específicos que S.E.an considerados prioritarios por el Presidente de la Nación, informando su desarrollo y resultado, en función de los objetivos y metas fijados.
7) Coordinar el análisis desde el punto de vista político de todas las disposiciones que S.E.an sometidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.
8) Coordinar sus tareas con las de las distintas S.E.cretarías de la Presidencia de la Nación, con las de la Jurisdicción Jefe de Gabinete de Ministros y con las de los Ministros S.E.cretarios, para optimizar el resultado de la acción de gobierno.
9) Coordinar el funcionamiento de la Comisiones Nacionales de asesoramiento y/o simples asesorías permanentes o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
10) Coordinar acciones de asistencia técnica entre el Presidente y la Sindicatura General de la Nación en aquellas cuestiones prioritarias para la gestión pública.
11) Administrar y ejecutar el Presupuesto de la Jurisdicción, asistir en la materia a aquellas áreas presidenciales que no cuenten con el S.E.rvicio administrativo financiero propio.
12) Intervenir en la asistencia presupuestaria respecto de los viajes presidenciales.
13) Conducir la administración de los recursos humanos, materiales, informáticos y financieros afectados a la Jurisdicción y coordinar esta acción con las otras áreas de la Presidencia de la Nación que no tengan S.E.rvicio administrativo propio.
14) Entender en la formulación, ejecución y control de las políticas de comunicación social.
15) Entender en la difusión de la actividad del PODER EJECUTIVO NACIONAL y en su relación con el periodismo nacional e internacional.
16) Coordinar y controlar la ejecución de las políticas fijadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para el S.E.ctor de la radiodifusión, que S.E. implementen a través del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION.
17) Entender en la planificación y contratación de la publicidad oficial del S.E.ctor Público Nacional.
18) Supervisar el accionar del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION.
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION
1) Asesorar y coordinar la ejecución de las tareas que le encomiende el S.E.cretario General de la Presidencia de la Nación y en particular aquellas que coadyuven a asegurar la eficacia de la gestión y el mejor cumplimiento de sus atribuciones.
2) Asistir al S.E.cretario General de la Presidencia de la Nación en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción.
3) Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que S.E. proyecten durante el ejercicio financiero.
4) Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes así como la planificación de las actividades de administración.
5) Coordinar la obtención, sistematización y presentación del asesoramiento que S.E. requiera para el cumplimiento de las funciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL y para el establecimiento de objetivos, políticos y criterios de gestión.
6) Asistir al S.E.cretario General en la administración de los recursos humanos, informáticos, materiales y financieros de la S.E.cretarÍa General y, en la misma materia a las otras S.E.cretarías y demás organismos de la Presidencia de la Nación a los cuales brinde su apoyo administrativo.
7) Coordinar el S.E.guimiento y trámite de los pedidos de informe que el Presidente de la Nación solicite al Jefe de Gabinete de Ministros, a los Ministros S.E.cretarios y demás organismos de la Administración Pública Nacional.
8) Entender en la obtención y sistematización de un sistema de información periodística.
9) Asistir técnica y administrativamente al S.E.cretario General de la Presidencia de la Nación en la coordinación del funcionamiento de las Comisiones Nacionales de asesoramiento y/o simples asesorías permanentes o transitorias, sin funciones ejecutivas, que dependan directamente del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
10) Coordinar el despacho, S.E.guimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
11) Asistir en la preparación de la información y el S.E.guimiento de actividades derivadas de los viajes presidenciales.
12) Administrar la Intendencia de la Casa de Gobierno y la Residencia Presidencial de Olivos.
13) Asistir en la planificación y contratación de la publicidad oficial del S.E.ctor Público Nacional.
- SUBSECRETARIA DE COMUNICACION
1) Asistir al S.E.cretario en la formulación y ejecución de las políticas de comunicación social.
2) Asistir en la elaboración y promoción de políticas de participación institucional del Poder Ejecutivo Nacional.
3) Dirigir las tareas de difusión de la actividad del Poder Ejecutivo Nacional y en su relación con el periodismo nacional e internacional.
4) Planificar la publicidad oficial del S.E.ctor Público Nacional.
5) Conducir, promover y supervisar la actividad de los organismos que le dependen.
6) Establecer y ejecutar las pautas en relación a la cobertura periodística y registro gráfico de la actividad del Poder Ejecutivo Nacional y la difusión de los actos de gobierno.
7) Asistir en el ámbito de su competencia en la coordinación de los distintos S.E.ctores de comunicación del Poder Ejecutivo Nacional.
8) Intervenir en la asistencia del vocero presidencial, proveyendo la información y asegurando la difusión de su competencia.
Capítulo IV - S.e.cretaria de Cultura y Medios de Comunicación
1) Entender en la formulación, ejecución y control de los medios de comunicación social.
2) Elaborar y promover políticas de participación institucional en la defensa de la identidad
cultural nacional.
3) Entender en la difusión en el país y hacia el exterior de los hechos culturales, promoviendo su heterogeneidad.
4) Promover y difundir el desarrollo de actividades económicas asociadas con la cultura.
5) Planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el S.E.ctor privado.
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION
1) Asistir al S.E.cretario en la administración y contralor de los medios de comunicación y de cultura a su cargo.
2) Asistir al S.E.cretario en la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
3) Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que S.E. proyecten durante el ejercicio financiero.
4) Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas en la obtención de los recursos humanos, económicos, financieros, tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción.
5) Efectuar la coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción y de las entidades descentralizadas dependientes así como la planificación de las actividades de administración.
6) Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos.
7) Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.
8) Coordinar el despacho, S.E.guimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.
9) Coordinar el S.E.rvicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, Decretos o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y supervisar el accionar de los S.E.rvicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.