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Decreto 653/2000
Inst de Ayuda Fin P P de Ret y Pen Militares
Estructura Organizativa - Aprobación
Año de sanción 2000
Fecha de sanción 2000-07-31
Organismo de origen Poder Ejecutivo Nacional
Modifica Decreto 20/1999
Enlazada por Ley 24156
Decreto 20/1999
Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares
Enlaces oficiales Texto original

Apruebase la estructura organizativa del mencionado organismo descentralizado. Derógase la D. A. 518/96.

Visto

el Decreto 20/1999.

Considerando

Que por el artículo 5 del Decreto 20/1999 S.E. establece la obligatoriedad por parte de los Organismos Descentralizados de presentar una propuesta de estructura organizativa y distribución de las plantas de personal hasta el nivel de Dirección General o equivalentes, o primer nivel operativo.

Que por el artículo 3 de la norma citada anteriormente S.E. han determinado los ámbitos jurisdiccionales en que deben actuar los Organismos Descentralizados.

Que tales medidas, sustentadas en el proceso de Transformación del Estado, S.E. adoptaron a fin de profundizar las políticas encaradas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en la búsqueda de obtener mayor eficacia y eficiencia del aparato estatal.

Que ha tomado intervención la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS conforme lo determina el Decreto 20/1999.

Que la actual estructura del Instituto fue aprobada por Decisión Administrativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 518/96.

Que el presente Decreto S.E. dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional.

Artículo 1

Apruébase la Estructura Organizativa del Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares, Organismo Descentralizado que S.E. desenvuelve en jurisdicción del Ministerio de Defensa, de acuerdo al Organigrama, Objetivos, Responsabilidades Primarias y Acciones, Planta de Personal Permanente y Temporario que, como Anexos I, II, IIIa y IIIb forman parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2

Derógase la Decisión Administrativa 518 del 19 de diciembre de 1996 en su totalidad.

Artículo 3

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Rodolfo H. Terragno. — Ricardo H. López Murphy. — José L. Machinea.

Anexo II - instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares

OBJETIVOS

1) Recaudar fondos y capitalizar reservas para contribuir con el Estado a la financiación de los haberes de retiro, indemnizatorios y de pensión correspondientes a los Beneficiarios.

2) Liquidar y abonar los haberes de Retiro, Indemnizatorios y de pensión correspondientes a los Beneficiarios y No Beneficiarios con arreglo a la legislación vigente sobre la materia.

3) Administrar los aportes de los soldados del S.E.rvicio Militar Voluntario, capitalizándolos en cuentas individuales.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desarrollar las funciones que detalla la Ley 24156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del S.E.ctor Público Nacional y que consisten en el examen posterior de las actividades financieras y administrativas del Instituto, siguiendo un modelo del control integral e integrado sobre los aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos y de gestión y sustentado en los criterios de economía, eficiencia y eficacia.

ACCIONES

1) Elaborar el planeamiento general de auditoría interna (ciclos de auditoría) a desarrollarse en el Instituto y en función del mismo confeccionar el Plan Anual de Tareas, que deberá someterse a aprobación de la autoridad superior de la entidad y de la Sindicatura General de la Nación.

2) Verificar el cumplimiento de las políticas, planes, normas y procedimientos establecidos por la autoridad superior del Instituto.

3) Realizar auditorías en las áreas del Instituto, S.E.gún el Plan Anual previsto y sobre las bases del modelo de control que establece el artículo 103 de la Ley 24156.

4) Constatar la confiabilidad del procesamiento y elaboración de la información operativa, presupuestaria, patrimonial y financiera y de las registraciones contables y las medidas de resguardo tomadas para la protección del patrimonio del Instituto.

5) Producir los informes de auditoría interna, formulando las conclusiones y recomendaciones pertinentes.

6) Asesorar a los niveles superiores del Instituto en materia de su competencia.

7) Proyectar la estructura orgánica de la UAI, de acuerdo con la dinámica del organismo y las pautas establecidas por la Sindicatura General de la Nación.

8) Realizar el S.E.guimiento de las recomendaciones aprobadas por la autoridad superior de la entidad.

9) Informar sobre los temas que requiera la Sindicatura General de la Nación, en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

DIRECCION EJECUTIVA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la ejecución de las funciones generales del Instituto ejerciendo la planificación, organización, coordinación y control de las operaciones, medios y recursos conforme a las políticas establecidas por el Directorio y las disposiciones del Presidente.

ACCIONES

1) Planificar, elaborar y proponer al Directorio los proyectos de las operaciones y actividades necesarias para el cumplimiento de la finalidad y misión del Instituto y asistirlo en el ejercicio de sus funciones de gobierno.

2) Dirigir el desarrollo y control de los planes de acción aprobados y ejercer la conducción integral y coordinación de los medios y recursos del Instituto.

3) Proyectar y proponer al Directorio el presupuesto para el Pago de Haberes y el Funcionamiento del Instituto.

4) Intervenir en los balances, órdenes de pago, concursos de compras, libramientos y toda otra documentación de carácter contable o financiero que determine la legislación y normativas vigentes.

5) Fiscalizar el control de gestión e informar al Directorio sobre el desarrollo de las actividades en ejecución.

6) Mantener las relaciones institucionales inherentes a su gestión y entender en todos los asuntos vinculados al ceremonial y protocolo.

7) Proponer al Directorio las medidas inherentes a la administración del Sistema de Capitalización Individual de los aportes del personal del S.E.rvicio Militar Voluntario.

8) Asesorar al Directorio en los asuntos que requiera opinión jurídica y legal en que siendo o no parte el Organismo, éste tenga facultades o responsabilidades determinadas en la Ley del Instituto.

GERENCIA DE RECURSOS FINANCIEROS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar los recursos financieros del Instituto a fin de asegurar su capitalización y su participación en el pago de los haberes de retiro, indemnizatorios y de pensión.

ACCIONES

1) Intervenir en la elaboración y ejecutar el presupuesto del régimen de retiros, haberes indemnizatorios y pensiones y de funcionamiento del Organismo.

2) Ejecutar la recaudación y control de los recursos financieros del Instituto.

3) Proponer y ejecutar los planes y sistemas de inversión para la capitalización del Instituto.

4) Planificar y ejecutar el pago de los haberes de retiro, indemnizatorios y de pensión y demás obligaciones a cargo del Instituto.

5) Dirigir el manejo y custodia de fondos y registrar sus movimientos.

6) Administrar los bienes patrimoniales del Instituto.

GERENCIA DE RETIROS Y PENSIONES

RESPONASBILIDAD PRIMARIA

Asegurar que los haberes de retiro, indemnizatorios y de pensión S.E. ajusten a las prescripciones legales vigentes y ejecutar su liquidación.

Planificar y conducir las actividades de administración de los aportes del personal del S.E.rvicio Militar Voluntario.

ACCIONES

1) Verificar el encuadramiento legal de los haberes de retiro, indemnizatorios y de pensión y fiscalizar la subsistencia de los derechos a su percepción y la procedencia de toda otra asignación para beneficiarios y no beneficiarios del Instituto.

2) Determinar y ajustar los importes de los haberes de retiro, indemnizatorios y de pensión y efectuar las liquidaciones para su pago.

3) Fiscalizar el cumplimiento de las normas legales sobre retenciones e impuestos y la procedencia y aplicación de cargos sobre haberes de retiro, indemnizatorios y de pensión que liquida el Organismo.

4) Efectuar la totalidad de las liquidaciones relacionadas con haberes de retiro, indemnizatorios y de pensión derivadas de mandatos judiciales o resoluciones administrativas.

5) Efectuar las certificaciones y S.A.tisfacer los requerimientos judiciales sobre liquidaciones de haberes de retiro, indemnizatorios y de pensión.

6) Mantener actualizado el banco de datos biométricos de los afiliados.

7) Entender en el funcionamiento, mantenimiento y ejecución del Sistema de capitalización del S.E.rvicio Militar Voluntario.

GERENCIA DE S.E.RVICIOS TECNICO-ADMINISTRATIVOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proporcionar el adecuado sustento técnico y proveer el apoyo administrativo necesario para asegurar el desenvolvimiento de las áreas de conducción y sustantivas del Instituto.

ACCIONES

1) Entender en lo relacionado con la estructura orgánica del Instituto, las normas y procedimientos administrativos y diseñar los sistemas informáticos para implementarlos.

2) Ejecutar la programación y la operación y mantenimiento de los sistemas informáticos existentes.

3) Ejecutar los procesos de suministro de bienes y S.E.rvicios para el Organismo.

4) Supervisar la prestación de los S.E.rvicios generales, de S.E.guridad, vigilancia, mantenimiento y control de personal.

5) Administrar el personal del Organismo.

SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dictaminar y asesorar a los niveles de decisión en los actos que requieran opinión jurídica y legal en que, siendo o no parte el Instituto, éste tenga facultades o responsabilidades determinadas en la Ley del I.A.F.R.P.M.

ACCIONES

1) Asistir y asesorar a los niveles de decisión y a las áreas del Instituto en la elaboración de los proyectos de ley, Decretos, resoluciones e informes y emitir sobre ellos opinión jurídica y legal.

2) Representar al Instituto en las causas judiciales en las que éste demande o resulte demandado.

3) Asesorar legalmente y emitir dictámenes respecto a cuestiones laborales del personal del Instituto y administrativas relativas a contrataciones con terceros.

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