Modificase el Decreto 660/1996 en la parte correspondiente al citado departamento de estado.
Visto
lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS.
Considerando
Que dada la relevancia de las políticas de inversión pública y los planes de obras públicas actualmente en desarrollo por parte del Gobierno Nacional y la necesidad de establecer una adecuada coordinación a nivel nacional, regional y provincial de los distintos proyectos y programas existentes, resulta conveniente desdoblar la actual S.E.CRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS, de forma tal de responder como las circunstancias lo exigen, a las necesidades que generan el diseño de las políticas y la instrumentación de los planes de obras públicas, así como también del transporte en sus distintas modalidades.
Que resulta necesario unificar la conducción de los programas, proyectos y actividades vinculados con el transporte interno e internacional, de carga y pasajeros, en sus distintos modos, así como también lo referido a las actividades portuarias y de las vías navegables, a fin de lograr una mayor eficiencia y eficacia en la utilización de los recursos asignados a las mismas.
Que por otra parte, y dado el nuevo perfil que requiere la S.E.CRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS, S.E. estima aconsejable transferir a esta la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL, actualmente en la órbita de la S.E.CRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS.
Que en el mismo orden de ideas, corresponde explicitar los Objetivos de los niveles políticos de las S.E.CRETARIAS DE POLITICA ECONOMICA, DE OBRAS PUBLICAS. DE TRANSPORTE y DE ENERGIA, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS.
Que asimismo, y por razones de ordenamiento administrativo, es necesario determinar las unidades de primer nivel operativo que dependen en forma directa de los niveles políticos que resultan afectados por la presente medida.
Que en razón de las adecuaciones que S.E. introducen por esta norma, resulta aconsejable delimitar claramente la dependencia de los organismos no integrantes de la Administración Central dependientes de las áreas que S.E. ven afectadas por el presente acto.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete, expidiéndose favorablemente.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL S.E. encuentra facultado para dictar la presente medida, en virtud de las atribuciones emergentes del inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional y el artículo 15 de la Ley 24764.
Decreto
Artículo 1
Modifícase del Anexo I del Decreto 660/1996, sus modificatorios y complementarios, Ia parte correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS, la que S.E. integrará de acuerdo al detalle que S.E. S.E.ñala en las Planillas Anexas al presente artículo.
Artículo 2
Modifícase del Anexo II -Objetivos- del Decreto 660/1996, sus modificatorios y complementarios, Ia parte correspondiente a las S.E.CRETARIAS DE POLITICA ECONOMICA, DE OBRAS PUBLICAS, DE TRANSPORTE y DE ENERGIA, todas ellas dependientes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS, Ia que quedará redactada como S.E. detalla en las Planillas Anexas al presente artículo.
Artículo 3
Apruébase la organización funcional de las S.E.CRETARIAS DE POLITICA ECONOMICA, DE OBRAS PUBLICAS, DE TRANSPORTE y DE ENERGIA, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS, Ia que quedará conformada de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo.
Artículo 4
Apruébase la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección Nacional de Transporte Fluvial y Marítimo de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO, dependiente de la S.E.CRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS, de conformidad con la Planilla Anexa al presente artículo.
Artículo 5
Establécese la dependencia de los organismos no integrantes de la Administración Centralizada de las S.E.CRETARIAS DE POLITICA ECONOMICA, DE OBRAS PUBLICAS, DE TRANSPORTE y DE ENERGIA, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS, de acuerdo con las Planillas Anexas a este artículo.
Artículo 6
El personal de las áreas afectadas por la presente medida mantendrá sus niveles y grados de revista vigentes a la fecha. La medida incluye los cargos ocupados del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.
Artículo 7
Hasta tanto S.E. concluya con la organización de las áreas afectadas por la presente medida, S.E. mantendrán vigentes las aperturas estructurales inferiores existentes, con la asignación de los respectivos cargos con funciones ejecutivas del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.
Artículo 8
Al solo efecto de implementar lo dispuesto por el presente acto, facúltase al S.E.ñor Ministro de Economía y Obras y S.E.rvicios Públicos a asignar transitoriamente, hasta tanto S.E. concluya el proceso organizativo pertinente, a los titulares de los cargos correspondientes a las áreas afectadas por este Decreto.
Artículo 9
Modifícase la Distribución Administrativa del Presupuesto General de la Administración Nacional-Recursos Humanos de la Jurisdicción 50.00 -MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS- de conformidad con las planillas anexas al presente artículo.
Artículo 10
El MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS, deberá elevar en un plazo no mayor a los TREINTA (30) días para su aprobación, Ios proyectos de estructura organizativa de las áreas afectadas por la presente medida.
Artículo 11
El gasto que demande la aplicación del presente Decreto, S.E.rá atendido con los créditos vigentes asignados a la Jurisdicción 50.00 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS.
Artículo 12
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.Roque B. Fernández.-José A. Caro Figueroa. -Guido J. Di Tella.-Raul E. Granillo Ocampo. -Jorge M. R. Domínguez.-Susana B. Decibe -Alberto J. Mazza.-Carlos V. Corach.
Capítulo I
Efectuar la propuesta y el control de ejecución de las políticas, planes y programas referidos al transporte terrestre, de carga y pasajeros, tanto metropolitano como de larga distancia.
2) Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, S.E.guros, régimen tarifario y toda otra normativa vinculada con las acciones de su competencia.
3) - Elaborar y proponer políticas de desregulación, privatización y/o concesión de los S.E.rvicios de transporte.
4) Contribuir a la estructuración y planificación del transporte en el Area Metropolitana de Buenos Aires.
5) Supervisar el accionar de los organismos descentralizados de su Jurisdicción.
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO
OBJETIVOS
1) Efectuar la propuesta y el control de ejecución de las políticas, planes y programas referidos al transporte aerocomercial, fluvial y marítimo.
2) Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, régimen tarifario y toda otra normativa vinculada con las acciones de su competencia.
3) - Elaborar y proponer políticas de desregulación, privatización y/o concesión de los S.E.rvicios de transporte.
4) Coordinar todo lo relativo a planos de ruta como así también la modificación o actualización de la legislación y el funcionamiento del sistema de transporte aerocomercial.
5) Participar en la reestructuración del Sistema Nacional de Aeropuertos.
6) Aplicar las prescripciones del Código Aeronáutico, los Acuerdos Internacionales y las normas reglamentarias en todo lo concerniente al transporte aerocomercial.
7) Supervisar el accionar de los organismos descentralizados de su jurisdicción.
8) Propiciar el sistema de promoción a través de la complementación económica.
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES
OBJETIVOS
1) Efectuar la propuesta y control de ejecución de las políticas y planes referidos a la actividad portuaria y de las vías navegables. Ejercer todas las responsabilidades y funciones de la autoridad portuaria nacional.
2) - Elaborar y proponer políticas de desregulación, privatización y/o concesión de los puertos, S.E.rvicios portuarios y de vías navegables.
3) Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, S.E.guros, régimen tarifario y toda otra normativa vinculada a las acciones de su competencia.
SECRETARIA DE ENERGIA
OBJETIVOS
1) Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de energía supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecución.
2) Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de los S.E.rvicios públicos privatizados o concesionados en el área de la S.E.cretaría, cuando estos tengan una vinculación funcional con la misma y hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes.
3) Asistir en la resolución de los recursos de carácter administrativo que S.E. interpongan en contra del accionar de los Entes Reguladores de las actividades específicas.
4) Conducir las acciones tendientes a aplicar la política S.E.ctorial orientando el proceso de adaptación de los nuevos operadores al interés general.
SUBSECRETARIA DE ENERGIA
OBJETIVOS
1) Efectuar la propuesta y control de ejecución de las políticas S.E.ctoriales.
2) Monitorear las relaciones con y entre los diferentes operadores del sistema eléctrico, asegurando la adecuada información acerca de las condiciones de demanda y oferta en el corto, mediano y largo plazo.
3) Evaluar los recursos naturales disponibles para el aprovechamiento energético, asistir en la elaboración de las propuestas relativas a la normativa específicas para las distintas etapas de la industria eléctrica, evaluar su impacto ambiental en coordinación con las áreas competentes y promocionar programas conducentes al uso racional de la energía y al desarrollo de las fuentes nuevas y renovables.
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES
OBJETIVOS
1) Efectuar la propuesta y control de la ejecución de la política nacional de hidrocarburos, carbón mineral y otros combustibles, en lo que hace a la promoción y regulación de sus etapas de exploración, explotación, transporte y distribución.
2) Estudiar y analizar el comportamiento del mercado desregulado de hidrocarburos y carbón mineral, promoviendo políticas de competencia y de eficiencia en la asignación de recursos.
3) Promover y supervisar la explotación racional de los recursos hidrocarburíferos y la preservación del ambiente en todas las etapas de la industria petrolera y ejecutar las demás acciones de control y fiscalización previstas para la autoridad de aplicación de la Ley 17319 y del Decreto 44/1991 y ejercer el poder de policía en materia de gas licuado envasado.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA(10)
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA (2)
DIRECCION NACIONAL DE CUENTAS NACIONALES (1)
DIRECCION NACIONAL DE CUENTAS INTERNACIONALES (1)
DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS MACROECONOMICAS (1)
SUBSECRETARIA DE BANCOS Y S.E.GUROS (2)
SUBSECRETARIA DE INVERSION PUBLICA
DIRECCION NACIONAL DE INVERSION PUBLICA (1)
DIRECCION NACIONAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES DE CREDITO (1)
DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION DEL GASTO SOCIAL (1)
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS (1)
DIRECCION DE DIFUSION (1)
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y OPERACIONES (1)
DIRECCION NACIONAL DE METODOLOGIA ESTADISTICA, TECNOLOGIA Y COORDINACION DEL SISTEMA ESTADISTICO NACIONAL (1)
DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION (1)
DIRECCION ASISTENTE DE ESTADISTICAS SOCIODEMOGRAFICAS Y ECONOMICAS (1)
DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS Y PRECIOS DE LA PRODUCCION Y EL COMERCIO (1)
DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS DEL S.E.CTOR EXTERNO (1)
DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS SOCIALES Y DE POBLACION (1)
DIRECCION NACIONAL DE ENCUESTAS A HOGARES (1)
SECRETARIA DE ENERGIA (2)
DIRECCION GENERAL DE COOPERACION Y ASISTENCIA FINANCIERA (1)
SUBSECRETARIA DE ENERGIA (2)
DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA (1)
DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION (1)
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES (2)
DIRECCION NACIONAL DE ECONOMIA DE LOS HIDROCARBUROS (1)
DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS HIDROCARBURIFEROS Y COMBUSTIBLES (1)
SECRETARIA DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL (1)
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARITIMO (2)
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES (1)
DIRECCION NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES (1)
DIRECCION NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA PORTUARIA (1)
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE (4)
DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (1)
DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE TRANSPORTE FERROVIARIO (1)
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
DIRECCION NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO (1)
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS (5)
DIRECCION NACIONAL DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS (1)
DIRECCION NACIONAL DE ARQUITECTURA (1)
DIRECCION NACIONAL DE EJECUCION DE PROYECTOS (8)
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL (2)
DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION Y PROGRAMACION DE PROYECTOS
DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION REGIONAL (6)
DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION CON LAS PROVINCIAS (7)
1) Mantienen vigentes sus actuales Responsabilidades Primarias, Acciones y Dotación.
2) Mantiene vigente la dotación asignada.
3) Absorbe la dotación asignada a la ex-SUBSECRETARIA DE INVERSION PUBLICA.
4) Absorbe la dotación asignada a la ex-SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LA LARGA DISTANCIA.
5) Absorbe las dotaciones asignadas a la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS y la exSUBSECRETARIA DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS.
6) Absorbe la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación de la ex-DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION ECONOMICA REGIONAL.
7) Absorbe la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación de la ex-DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION FISCAL CON LAS PROVINCIAS.
8) Absorbe la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación de la ex-DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION Y EJECUCION DE PROYECTOS.
9) Absorbe la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación de la ex-DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION Y CONTROL.
(10) Absorbe la dotación asignada a la ex-SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 4
SECRETARIA DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARITIMO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar, proponer y ejecutar las políticas, planes y programas referidos al transporte fluvial, marítimo y lacustre.
ACCIONES
1) Participar en la elaboración de la política concerniente a la Marina Mercante Nacional.
2) - Participar en las negociaciones e implementar los convenios y acuerdos de transporte fluvial, marítimo y lacustre de cooperación en la materia, a nivel nacional e internacional. Intervenir en las reuniones de los organismos internacionales vinculados con el S.E.ctor.
3) Coordinar los estudios relativos al área y proponer las acciones para que la Marina Mercante Nacional, alcance niveles de competitividad en el mercado internacional y efectuar los estudios para la determinación de las tarifas de fletes y condiciones del transporte.
4) Intervenir en la aplicación de las normas sobre el S.E.rvicio de Practicaje y Pilotaje para los ríos, puertos y canales. Coordinar la gestión administrativa de la Dirección Nacional.
5) Promover el desarrollo eficiente y competitivo en el orden internacional de la industria naval y asesorar a los organismos oficiales y privados, en relación con los requerimientos de las actividades navieras y conexas en el ámbito del país.
6) Intervenir en los estudios técnicos, económicos e institucionales vinculados con el proyecto de la Hidrovía Paraguay y Paraná, en las reuniones correspondientes.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 5
DEPENDENCIA JERARQUICA DE LOS ORGANISMOS NO INTEGRANTES DE LA
ADMINISTRACION CENTRAL, DE LAS AREAS AFECTADAS POR EL PRESENTE Decreto
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA:
SUPERINTENDENCIA DE S.E.GUROS DE LA NACION
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACIÓN MACROECONOMICA:
INSTITUTO SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS DE GOBIERNO
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS:
Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos
ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y S.E.RVICIOS S.A.NITARIOS
ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE ACCESOS A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS:
ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE S.A.NEAMIENTO
Dirección Nacional de Vialidad
Tribunal de Tasaciones de la Nación
SECRETARIA DE TRANSPORTE:
ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO:
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE:
Comisión Nacional de Regulación del Transporte
FERROCARRIL GENERAL BELGRANO S.A.
SECRETARIA DE ENERGIA:
ORGANISMO REGIONAL DE S.E.GURIDAD DE PRESAS-COMAHUE
Ente Nacional Regulador de la Electricidad
Ente Nacional Regulador del Gas
Nucleoeléctrica Argentina S.A.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 9
JURISDICCION 50-00
PROGRAMA 55 - FORMULACION Y CONDUCCION DE POLITICAS DE TRANSPORTE
CARGOS O CATEGORIA CANT. DE CARGOS
RETRIBUCION
PERSONAL PERMANENTE
AUTORIDADES SUPERIORES DEL PODER
EJECUTIVO NACIONAL
Secretario 1 62400.
Total 1 62400.
JURISDICCION 50-00
PROGRAMA 46 - FORMULACION Y EJECUCION DE LA POLITICA DE RECURSOS
HIDRICOS
CARGOS O CATEGORIA CANT. DE CARGOS RETRIBUCION
PERSONAL PERMANENTE
AUTORIDADES SUPERIORES
DEL PODER EJECUTIVO
NACIONAL
Subsecretario -1 - 60000. -
Total -1 - 60000. -