Establecese que S.E. mantendran vigentes por el plazo de S.E.senta (60) dias, contados a partir del dictado del presente Decreto, a fin de concluir con la aprobación de la conformación organizativa de la administración pública nacional, los objetivos de las S.E.cretarias y subsecretarias aprobados por el Decreto 174/2018 y sus modificatorios. Hasta tanto S.E. concluya con la reestructuración de las areas afectadas S.E. mantendran vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a subsecretaria, las que transitoriamente mantendran las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstos en el Decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios.
Visto
el Expediente EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto 438/1992), y sus modificatorias, los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y 801 de fecha 5 de S.E.ptiembre de 2018.
Considerando
Que por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto 438/1992), y sus modificatorias, S.E. prevén, entre otros aspectos, los Ministerios que integran el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que por el Decreto 801/2018 S.E. fusionaron diversos Ministerios a fin de centralizar las competencias en un número menor de Jurisdicciones.
Que razones operativas tornan imposible aprobar en forma inmediata una nueva conformación organizativa de la Administración Pública Nacional, por lo que resulta menester adoptar medidas de transición hasta tanto ello S.E. disponga.
Que por necesidades de gestión y diseño organizacional deviene menester la creación del cargo de S.E.cretario de Gobierno en diversas carteras ministeriales y la consecuente designación de sus titulares.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida S.E. dicta de acuerdo a las facultades emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7 de la Constitución Nacional.
Decreto
Artículo 1
Establécese que S.E. mantendrán vigentes por el plazo de S.E.SENTA (60) días, contados a partir del dictado del presente Decreto, a fin de concluir con la aprobación de la conformación organizativa de la Administración Pública Nacional, los Objetivos de las S.E.cretarías y Subsecretarías aprobados por el Decreto 174/2018 y sus modificatorios.
Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a prorrogar el plazo dispuesto en el párrafo precedente.
días contados a partir del dictado de la norma de referencia, el plazo establecido en el presente artículo, manteniéndose vigentes por dicho plazo los Objetivos de las S.E.cretarías y Subsecretarías aprobadas por el Decreto 174/2018 y sus modificatorios y las unidades organizativas de las S.E.cretarías de Gobierno aprobados por el Decreto 958/2018)
Artículo 2
Hasta tanto S.E. concluya con la reestructuración de las áreas afectadas S.E. mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstos en el Decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios.
Artículo 3
Incorpórase al Anexo II -Objetivos- aprobado por el artículo 2 del Decreto 174/2018 y sus modificatorios, en el Apartado I, correspondiente a la S.E.CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como Objetivo 22, el siguiente:
"22. Brindar apoyo al Presidente de la Nación en la supervisión de las temáticas relativas a turismo y ambiente y desarrollo sustentable."
Artículo 4
Créase el cargo de S.E.cretario de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable, con dependencia de la S.E.CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con los Objetivos obrantes en Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43630968-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 5
Desígnase S.E.cretario de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable, con dependencia de la S.E.CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Rabino Dn. S.E.rgio Alejandro BERGMAN (DNI 14744064).
Artículo 6
Créase el cargo de S.E.cretario de Gobierno de Turismo, con dependencia de la S.E.CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43622056-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 7
Desígnase S.E.cretario de Gobierno de Turismo, con dependencia de la S.E.CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Licenciado Dn. José Gustavo S.A.NTOS (DNI 12873533).
Artículo 8
Créase el cargo de S.E.cretario de Gobierno de Modernización, que actuará en carácter de Vicejefe de Gabinete para asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la definición de políticas de modernización transversales a la administración del Estado Nacional, y de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43620838-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 9
Desígnase S.E.cretario de Gobierno de Modernización, con dependencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al Licenciado Dn. Andrés Horacio IBARRA (DNI 12676719).
Artículo 10
Créase el cargo de S.E.cretario de Gobierno del Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos, con dependencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43628350-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 11
Desígnase S.E.cretario de Gobierno del Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos con dependencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al Ingeniero Dn. Hernán S.A.ntiago LOMBARDI (DNI 14188918).
Artículo 12
Créase el cargo de S.E.cretario de Gobierno de la Unidad Plan Belgrano, con dependencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43620991-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 13
Desígnase S.E.cretario de Gobierno de la Unidad Plan Belgrano, con dependencia de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, al Doctor Dn. Carlos Jose VIGNOLO (DNI 16488665).
Artículo 14
Créase el cargo de S.E.cretario de Gobierno de Energía, con dependencia del MINISTERIO DE HACIENDA, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43624300-APN-DNDO#JGM), que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 15
Desígnase S.E.cretario de Gobierno de Energía, con dependencia del MINISTERIO DE HACIENDA, al Ingeniero Javier Alfredo IGUACEL (DNI 24227379).
Artículo 16
Créase el cargo de S.E.cretario de Gobierno de Trabajo y Empleo, con dependencia del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43626332-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 17
Desígnase S.E.cretario de Gobierno de Trabajo y Empleo, con dependencia del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, al Lic. Dn. Alberto Jorge TRIACA (DNI 23522767).
Artículo 18
Créase el cargo de S.E.cretario de Gobierno de Agroindustria, con dependencia del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43629031-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 19
Desígnase S.E.cretario de Gobierno de Agroindustria, con dependencia del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, al S.E.ñor Luis Miguel ETCHEVEHERE (DNI 14718347).
Artículo 20
Créase el cargo de S.E.cretario de Gobierno de S.A.lud, con dependencia del MINISTERIO DE S.A.LUD Y DESARROLLO SOCIAL, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43622360-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 21
Desígnase S.E.cretario de Gobierno de S.A.lud, con dependencia del MINISTERIO DE S.A.LUD Y DESARROLLO SOCIAL, al Doctor D. Adolfo Luis RUBINSTEIN (DNI 12046579).
Artículo 22
Créase el cargo de S.E.cretario de Gobierno de Cultura, con dependencia del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43624040-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 23
Desígnase S.E.cretario de Gobierno de Cultura, con dependencia del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, al Lic. Dn. Alejandro Pablo AVELLUTO (DNI 17635692).
Artículo 24
Créase el cargo de S.E.cretario de Gobierno de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, con dependencia del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, de conformidad con los Objetivos obrantes en la Planilla anexa al presente artículo (IF-2018-43621627-APN-DNDO#JGM) que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 25
Desígnase S.E.cretario de Gobierno de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, con dependencia del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, al Doctor D. José Lino S.A.lvador BARAÑAO (DNI 10894374).
Artículo 26
Los S.E.cretarios de Gobierno tendrán las mismas atribuciones y deberes que las actuales S.E.cretarías, previstas en la normativa vigente.
Artículo 27
El Jefe de Gabinete de Ministros efectuará las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para la implementación de lo establecido en el presente Decreto. Hasta tanto S.E. efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida S.E.rán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.
Artículo 28
El presente Decreto entra en vigencia a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.
Artículo 29
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña
Anexo
Número: IF-2018-43630968-APN-DNDC>#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de S.E.ptiembre de 2018
Referencia: Planilla Anexa al artículo 4 - EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARIO DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
OBJETIVOS
1) Entender en todo lo inherente a la política ambiental y su desarrollo sustentable y la utilización racional de los recursos naturales.
2) Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que S.E. le impartan.
3) Entender en la formulación, implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo sustentable como política de Estado, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la Constitución Nacional, en los aspectos técnicos relativos a la política ambiental y la gestión ambiental de la Nación, proponiendo y elaborando regímenes normativos relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad ambiental.
4) Intervenir en el Consejo Federal de Medio Ambiente, integrando y proporcionando los instrumentos administrativos necesarios para una adecuada gestión del organismo.
5) Entender en la gestión ambiental sustentable de los recursos hídricos, bosques, fauna silvestre y en la preservación del suelo.
6) Entender en la promoción del desarrollo sustentable de los asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de vida y la disponibilidad y conservación de los recursos naturales.
7) Entender en el relevamiento, conservación, recuperación, protección y uso sustentable de los recursos naturales, renovables y no renovables.
8) Intervenir desde el punto de vista de su competencia en el desarrollo de la biotecnología.
9) Entender en las relaciones con las organizaciones no gubernamentales vinculadas a los temas ambientales y al desarrollo sustentable, y establecer un sistema de información pública sobre el estado del ambiente y sobre las políticas que S.E. desarrollan.
10) Entender en la preservación y administración de los bosques, parques y reservas nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales.
11) Supervisar el accionar de la Administración de Parques Nacionales.
12) Entender en la planificación y ordenamiento ambiental del territorio nacional.
13) Entender en el control y fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.
14) Entender en la administración de programas de financiamiento internacional dedicados a proyectos sobre medio ambiente, cambio climático y preservación ambiental.
15) Entender en la incorporación de nuevas tecnologías e instrumentos para defender el medio ambiente y disminuir el cambio climático.
16) Entender en la materia de su competencia en lo relacionado a las acciones preventivas y ante las emergencias naturales y catástrofes climáticas.
Anexo
Número: IF-2018-4362205 6-APN-DNDO#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de S.E.ptiembre de 2018
Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 6 - EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 6
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARIO DE GOBIERNO DE TURISMO
OBJETIVOS
1) Entender en todo lo relativo a la promoción y desarrollo en el país de la actividad turística interna y del turismo internacional receptivo, en todas sus formas e intervenir en materia de inversiones en dicha actividad.
2) Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que S.E. le impartan.
3) Participar en la elaboración de la política nacional de transporte Aerocomercial, terrestre, marítimo y fluvial, exclusivamente relacionada al área del Turismo.
4) Entender en el desarrollo de la oferta brindada por el país a fin de adecuarla a la demanda del turismo interno y receptivo internacional.
5) Entender en los aspectos funcionales de las oficinas habilitadas de promoción, informes, publicidad y asesoramiento para turistas.
6) Entender en las acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares y no regulares de pasajeros, así como sobre pasajes fluviales al exterior y marítimos al exterior.
7) Fomentar los Programas de Turismo social, dirigidos a los grupos vulnerables de la sociedad y en el desenvolvimiento de las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse.
8) Participar en la elaboración de la política nacional de protección, puesta en valor y aprovechamiento responsable de las áreas naturales protegidas y de los recursos culturales para el disfrute de las comunidades locales, el turismo nacional e internacional, a partir de su impacto en el desarrollo de las economías regionales.
9) Entender en todo lo relativo a la aplicación de la Ley Nacional de Turismo 25997 o la norma que en el futuro la reemplace o modifique.
10) Administrar el FONDO NACIONAL DE TURISMO.
11) Entender en las relaciones institucionales con las organizaciones regionales, internacionales, oficiales y privadas, y con los organismos públicos, nacionales y provinciales referidos a la actividad turística.
12) Impulsar la 'Marca Argentina' conforme los lineamientos del Decreto 699/2014.
13) Presidir el accionar del Instituto Nacional de Promoción Turística.
14) Presidir el Comité Interministerial de Facilitación Turística.
Anexo
Número: IF-2018-43620838-APN-DNDC>#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de S.E.ptiembre de 2018
Referencia: Planilla Anexa al Artículo 8 - EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIO DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN
OBJETIVOS
1) Diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional, su Administración central y descentralizada, y determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.
2) Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
3) Definir e implementar el Plan de Modernización de la Administración Pública Nacional, su administración central y descentralizada y ejercer funciones como autoridad de aplicación del mismo.
4) Colaborar con las provincias y municipios en sus procesos de reforma y modernización del Estado, coordinando las acciones específicas de las entidades del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
5) Dirigir y supervisar el accionar del Cuerpo de Administradores Gubernamentales.
6) Entender en materia de funcionamiento de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada, procurando optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros.
7) Intervenir como Órgano Rector en materia de Empleo en el S.E.ctor Público y como Autoridad de Aplicación, control e interpretación de dicho régimen.
8) Entender en la definición de las políticas de recursos humanos y en el S.E.guimiento y evaluación de su aplicación, que aseguren el desarrollo y funcionamiento del sistema de carrera administrativa y alta dirección pública.
9) Diseñar e implementar las políticas de capacitación para personal y funcionarios de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y administrar el Fondo de Capacitación Permanente y Recalificación Laboral.
10) Entender en el análisis, diseño y aplicación de la política S.A.larial del S.E.ctor público y con participación de los Ministerios y organismos que correspondan.
11) Entender, elaborar y suscribir los acuerdos surgidos de las negociaciones colectivas con las representaciones gremiales y cada uno de los ministerios y organismos del S.E.ctor Público Nacional.
12) Intervenir en la definición de estrategias y estándares sobre tecnologías de información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información de la Administración Nacional.
13) Diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión de la Administración Pública Nacional.
14) Proponer diseños en los procedimientos administrativos que propicien sus simplificación, transparencia y control social y elaborar los desarrollos informáticos correspondientes.
15) Actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital estipulada por la Ley 25506.
16) Intervenir en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance transversal, o comunes a los organismos y entes de la Administración Pública Nacional, Centralizada y Descentralizada.
17) Entender en lo relativo a las políticas, normas y sistemas de compras del S.E.ctor público nacional.
18) Entender en la elaboración y en la ejecución de la política en materia de telecomunicaciones.
19) Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias en materia de comunicaciones.
20) Entender en la elaboración de las políticas, Leyes y tratados y supervisar los organismos y entes de control de los prestadores de los S.E.rvicios en materia de comunicaciones.
21) Entender en la elaboración de normas de regulación de las licencias, autorizaciones, permisos o registros de S.E.rvicios de comunicaciones, o de otros títulos habilitantes pertinentes otorgados por el Estado Nacional o las provincias acogidas por convenios, a los regímenes federales en la materia.
22) Establecer los regímenes de tarifas, cánones, aranceles y tasas de las actividades de su competencia.
23) Entender en la elaboración, ejecución, fiscalización y reglamentación del régimen del S.E.rvicio postal.
24) Entender en la investigación y desarrollo tecnológico en las distintas áreas de su competencia.
25) Entender en la promoción del acceso universal a las nuevas tecnologías como herramientas de información y conocimiento, como asimismo en la coordinación con las Provincias, las empresas y los organismos de su dependencia, en relación a la optimización del uso de las facilidades y redes existentes.
26) Administrar las participaciones del Estado en ARSAT y Correo Oficial de la República Argentina S.A.
Anexo
Número: IF-2018-436283 5 0-APN-DNDC># JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de S.E.ptiembre de 2018
Referencia: Planilla Anexa al Artículo 10 - EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 10
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIO DE GOBIERNO DEL SISTEMA PÚBLICOS FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS
OBJETIVOS
1) Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en todo lo inherente a las expresiones tecnológicas, artísticas, educativas, culturales, informativas y formativas y aquellas vinculadas a la divulgación del conocimiento que el Estado propicie difundir a través de medios audiovisuales, redes digitales, parques temáticos u otros.
2) Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
3) Entender en la administración, operación, desarrollo y explotación de los S.E.rvicios de radiodifusión sonora y televisiva del Estado Nacional a nivel local e internacional.
4) Organizar la producción y distribución de contenido en todo el espectro de medios que forman parte de las licencias del Estado Nacional, con criterio federal.
5) Intervenir en la administración y el funcionamiento de Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado (RTA S.E.) integrada por LS82 Canal 7, LRA Radio Nacional, y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE).
6) Intervenir en la administración y el funcionamiento de TELAM Sociedad del Estado.
7) Colaborar con la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en la planificación y administración de la ejecución de la publicidad oficial de los actos de gobierno.
8) Colaborar en la realización de actividades de producción y emisión de programas de televisión educativa y multimedial destinados a fortalecer y complementar las estrategias nacionales de equidad y mejoramiento de la calidad de la educación.
9) Entender en la administración y el funcionamiento de CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO, así como en la operación, desarrollo y explotación del contenido y funcionamiento del Polo de Producción Audiovisual y de las S.E.ñales integrantes de dicha Sociedad.
10) Entender en la integración digital de espacios a través de una red federal digital.
11) Entender en la administración y operación del "Parque Tecnópolis del Bicentenario, Ciencia, Tecnología, Cultura y Arte".
12) Producir contenidos y, en base a ello, difundir el conocimiento a través de los medios bajo su competencia.
13) Ejercer la presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, pudiendo delegar dicha función en un funcionario del SISTEMA FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS con rango no inferior a Subsecretario.
14) Entender en la administración, operación y desarrollo del Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus S.E.ñales, medios relacionales y conexos.
15) Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación de exposiciones, ferias, concursos, espectáculos y muestras donde S.E. difundan producciones nacionales e internacionales de orden artístico, tecnológico, científico, educativo y cultural, con criterio federal y en coordinación con los organismos competentes.
16) Intervenir en el ámbito de su competencia en la promoción, organización y participación en exposiciones, ferias, concursos, espectáculos, muestras y misiones en el exterior, en coordinación con los organismos competentes.
17) Cumplir con los criterios centrales de respeto del pluralismo político, religioso, cultural, lingüístico y social en la generación de contenidos públicos.
18) Producir y promover contenidos relacionados con el arte, la cultura, la educación y la ciencia, procurando llegar a público de todas las edades en todo el país.
19) Participar en la definición, planificación, dirección y ejecución de las políticas y actividades productivas que integren el sistema nacional de medios públicos.
20) Entender en los estudios y soportes técnicos y en la capacitación en lo que hace específicamente al sistema de medios públicos.
21) Intervenir en la formulación y celebración de convenios nacionales e internacionales dentro de su competencia y participar en la aplicación de los tratados y convenios nacionales e internacionales, Leyes y reglamentos generales relativos a la materia.
22) Entender en la administración, operación y programación del organismo desconcentrado Casas de Contenidos Federales.
23) Entender en la participación del Estado Nacional en Telesur.
24) Promover los mecanismos de cooperación internacional en el ámbito de su competencia.
Anexo
Número: IF-2018-4362099 l-APN-DNDO#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de S.E.ptiembre de 2018
Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 12 -EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 12
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA UNIDAD PLAN BELGRANO
OBJETIVOS
1) Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el desarrollo y coordinación de las políticas sociales, productivas y de infraestructura que reduzcan la desigualdad entre la región Norte —comprendida por las provincias de S.A.LTA, JUJUY, TUCUMÁN, LA RIOJA, CATAMARCA, MISIONES, CORRIENTES, DEL CHACO, FORMOSA y S.A.NTIAGO DEL ESTERO y el resto del país, en coordinación con las áreas del ESTADO NACIONAL competentes en la materia.
2) Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
3) Efectuar el S.E.guimiento del grado de ejecución de las políticas implementadas en las jurisdicciones involucradas.
4) Elaborar una propuesta de priorización de los proyectos con financiamiento externo que S.E. ejecuten en las jurisdicciones involucradas.
Anexo
Número: IF-2018-436243 00-APN-DNDO#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de S.E.ptiembre de 2018
Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 14 -EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 14
MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA
OBJETIVOS
1) Entender en la elaboración y en la ejecución de la política energética nacional.
2) Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el MINISTERIO DE HACIENDA.
3) Entender en la elaboración y fiscalización del régimen de combustibles y en la fijación de sus precios, cuando así corresponda, acorde con las pautas respectivas.
4) Ejercer las funciones de autoridad de aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades en materia energética, y de autoridad concedente en relación con las concesiones y habilitaciones previstas en dichas leyes.
5) Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias y en la elaboración y ejecución de la política de reembolsos y reintegros a la exportación y aranceles en materia de Energía.
6) Entender en la elaboración de las políticas y normas de regulación de los S.E.rvicios públicos del área energética, en la supervisión de los organismos y entes de control de los concesionarios de obra o de S.E.rvicios públicos.
7) Entender en la elaboración de normas de regulación de las licencias de S.E.rvicios públicos del área energética, otorgadas por el ESTADO NACIONAL o las provincias acogidas por convenios, a los regímenes federales en la materia.
8) Ejercer, en materia de energía, facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o dadas en concesión en el área de su competencia, así como también hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes, y entender en los regímenes de tarifas, cánones, aranceles y tasas de las mismas.
9) Entender en la investigación y desarrollo tecnológico en las distintas áreas de energía
10) Ejercer las atribuciones otorgadas a los órganos del Estado Nacional en la Ley 27007.
11) Participar en la administración de las participaciones del Estado en las sociedades y empresas con actividad en el área de energía.
12) Entender en el relevamiento, conservación, recuperación, defensa y desarrollo de los recursos naturales en el área de energía.
Anexo
Número: IF-2018-43626332-APN-DNDO#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de S.E.ptiembre de 2018
Referencia: Planilla Anexa Artículo 16
PLANILLA ANEXA ARTÍCULO 16
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARIO DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO
OBJETIVOS
1) Entender en la promoción, regulación y fiscalización del cumplimiento de los derechos fundamentales de los trabajadores, en especial la libertad sindical, la negociación colectiva, la igualdad en las oportunidades y de trato y la eliminación del trabajo forzoso y del infantil.
2) Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
3) Entender en todo lo relativo al régimen de contrato de trabajo y demás normas de protección del trabajo.
4) Entender en lo relativo a las negociaciones y convenciones colectivas de trabajo en el territorio de la Nación.
5) Entender en el tratamiento de los conflictos individuales y colectivos de trabajo, ejerciendo facultades de conciliación, mediación y arbitraje, con arreglo a las respectivas normas particulares.
6) Entender en la aplicación de las normas legales relativas a la constitución y funcionamiento de las asociaciones profesionales y de trabajadores y en la organización del registro de las asociaciones de empleadores en el territorio de la Nación.
7) Entender en el ejercicio del poder de policía en el orden laboral como autoridad central y de Superintendencia de la Inspección del Trabajo y coordinar las políticas y los planes nacionales de fiscalización y en especial los relativos al control del empleo no registrado.
8) Entender en la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen de trabajo de menores, discapacitados y otros grupos especiales de trabajadores.
9) Entender en la igualdad de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres en el acceso al empleo y en el trabajo, así como la protección de la maternidad.
10) Entender en la elaboración, organización, aplicación y fiscalización de los regímenes de trabajo portuario y del transporte terrestre, aéreo, marítimo, fluvial y otros regímenes especiales de trabajo.
11) Entender en la elaboración y fiscalización de las normas generales y particulares referidas a higiene, S.A.lud, S.E.guridad y a los lugares o ambientes donde S.E. desarrollan las tareas en el territorio de la Nación.
12) Entender en la elaboración y ejecución de las pautas que orienten la política S.A.larial del S.E.ctor privado e intervenir en la fijación de las del S.E.ctor público nacional.
13) Intervenir en lo relativo a las políticas y acciones tendientes a incrementar la productividad del trabajo y su equitativa distribución.
14) Intervenir en la coordinación y armonización de los planes de empleo con los planes económicos.
15) Entender en el funcionamiento de los S.E.rvicios públicos y privados de empleo en el orden nacional, y promover su coordinación en los ámbitos provinciales y municipales.
16) Entender en la formulación de políticas, el diseño de instrumentación y la gestión de financiamiento destinado a programas de empleo y capacitación laboral.
17) Entender en la definición de los criterios de asignación de recursos financieros para programas de empleo y capacitación laboral y, en la reglamentación, control y auditoría de dichos programas descentralizados a las provincias y municipios.
18) Entender en la formulación y gestión de políticas vinculadas al S.E.ctor social de la economía, tales como la promoción de incubadoras de microempresas, desarrollo de proyectos microempresarios y de pequeñas unidades productivas; asistencia técnica y formación de recursos afectados a ésta.
19) Entender en la formulación, gestión, supervisión y auditorías de planes y políticas relacionados con la capacitación laboral, preferentemente aplicando criterios de descentralización, en el marco de una política de promoción del desarrollo local.
20) Intervenir en la vinculación entre el empleo, la capacitación laboral, la producción y la tecnología.
21) Intervenir en la elaboración de las políticas de migraciones laborales internas y externas.
22) Entender en la aprobación de los convenios entre los organismos competentes de la S.E.guridad social y asociaciones sindicales de trabajadores y de empleadores.
23) Entender en la aplicación de las normas de derecho internacional público y privado del trabajo e intervenir en su elaboración y en los aspectos laborales de los procesos de integración y coordinar las acciones en materia de trabajo, empleo y capacitación laboral con los organismos internacionales.
24) Intervenir en la definición de contenidos y el diseño de los censos y encuestas que realizan los organismos oficiales, en lo referente al trabajo, al empleo, la capacitación laboral y los ingresos.
25) Entender en la elaboración de estadísticas, estudios y encuestas que proporcionen un mejor conocimiento de la problemática del trabajo, del empleo, de la capacitación laboral y de los ingresos.
Anexo
Número: IF-2018-4362903 l-APN-DNDO#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de S.E.ptiembre de 2018
Referencia: Planilla Anexa al artículo 18 EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 18
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARIO DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA
OBJETIVOS
1) Intervenir en la elaboración de las estructuras arancelarias con la intervención de las áreas que correspondan y en la elaboración y ejecución de la política de reembolsos y reintegros a la exportación y aranceles, en materia de agroindustria.
2) Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
3) Intervenir en la definición de la política comercial en el campo exterior en materia de agroindustria.
4) Promover estrategias que mejoren las condiciones de acceso a los mercados y agreguen valor a la producción de alimentos y productos agroindustriales.
5) Entender en la elaboración de los regímenes de promoción y protección de actividades económicas y de los instrumentos que los concreten, así como en la elaboración, ejecución y fiscalización de los mismos en su área.
6) Establecer líneas de acción, instrumentos de promoción y mecanismos institucionales para el desarrollo de la bioeconomía, incluyendo los aspectos bioenergéticos y biotecnológicos, en el ámbito de su competencia.
7) Entender en la ejecución de planes, programas y políticas de producción, comercialización interna y externa, tecnología y calidad en materia de alimentos y bebidas.
8) Entender en el otorgamiento de las certificaciones oficiales de calidad, de los cupos o cuotas de los productos destinados a la exportación y/o mercado interno vinculados con la agroindustria.
9) Promover la apertura y reapertura de los mercados internacionales para el S.E.ctor agroindustrial.
10) Participar en negociaciones internacionales con el fin de facilitar el acceso de productos de los S.E.ctores agroindustriales en los mercados externos.
11) Participar activamente en los foros y espacios de negociaciones regionales y multilaterales, así como promover acciones de cooperación internacional.
12) Impulsar acciones de promoción comercial en forma conjunta con organismos de la Administración Pública Nacional, tendientes a diversificar mercados y promover el agregado de valor.
13) Participar en la administración de las participaciones del Estado en las empresas de carácter productivo en el ámbito de su competencia.
14) Participar en la política laboral y tributaria vinculada a las unidades de producción, en coordinación con las áreas con competencia específica de la Jurisdicción.
15) Entender en la elaboración de políticas, objetivos y acciones atinentes al desarrollo y competitividad de las economías regionales, procurando la inclusión de los productores agropecuarios en general.
16) Generar propuestas para el fortalecimiento coordinado de las economías regionales en el marco del Consejo Federal Agropecuario.
17) Entender en el diseño e implementación de políticas y programas para el tratamiento de la emergencia y/o desastre agropecuario.
18) Entender en la elaboración, aplicación y fiscalización de los regímenes de las actividades relacionadas con la producción agropecuaria, forestal y pesquera.
19) Entender en la fiscalización S.A.nitaria de la producción agropecuaria, forestal y pesquera.
20) Entender en la normatización, registro, control y fiscalización S.A.nitaria, de inocuidad y calidad de alimentos.
21) Entender en la tipificación, certificación de calidad y normalización para la comercialización de los productos de origen agropecuario, forestal y pesquero.
22) Entender en la defensa fito y zoosanitaria de fronteras, puertos, aeropuertos y en la fiscalización de la importación de origen agropecuario, forestal y pesquero.
Anexo
Número: IF-2018-436223 60-APN-DNDO#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de S.E.ptiembre de 2018
Referencia: Planilla Anexa al Artículo 20 EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 20
MINISTERIO DE S.A.LUD Y DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIO DE GOBIERNO DE S.A.LUD OBJETIVOS
1) Entender en la fiscalización del funcionamiento de los S.E.rvicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la S.A.lud.
2) Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia, elaborados conforme las directivas que imparta el MINISTERIO DE S.A.LUD Y DESARROLLO SOCIAL.
3) Entender en la planificación global del S.E.ctor S.A.lud y en la coordinación con las autoridades S.A.nitarias de las jurisdicciones provinciales y del Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con el fin de implementar un Sistema Federal de S.A.lud, consensuado, que cuente con la suficiente viabilidad social.
4) Entender en la elaboración de las normas destinadas a regular los alcances e incumbencias para el ejercicio de la medicina, la odontología y profesiones afines, garantizando la accesibilidad y la calidad de la atención médica.
5) Intervenir en la fiscalización del estado de S.A.lud de los aspirantes a ingresar en la Administración Pública Nacional y de aquellos que ya S.E. desempeñan en la misma.
6) Intervenir en el ámbito de su competencia en el estudio, reconocimiento y evaluación de las condiciones ambientales de los lugares destinados a realizar tareas, cualquiera S.E.a su índole o naturaleza, con presencia circunstancial o permanente de personas físicas.
7) Intervenir en la elaboración de las normas reglamentarias sobre medicina del trabajo y medicina del deporte.
8) Entender en la fiscalización médica de la inmigración y la defensa S.A.nitaria de fronteras, puertos, aeropuertos y de medios de transporte internacional.
9) Entender en el ejercicio del poder de policía S.A.nitaria en lo referente a productos, tecnología, equipos, instrumental y procedimientos vinculados con la S.A.lud, e intervenir en la radicación de las industrias productoras de los mismos.
10) Entender en el dictado de normas y procedimientos de garantía de calidad de la atención médica.
11) Intervenir en la aprobación de los proyectos de los establecimientos S.A.nitarios que S.E.an construidos con participación de entidades públicas y privadas.
12) Entender en la coordinación, articulación y complementación de sistemas de S.E.rvicios de S.A.lud estatales del ámbito nacional, provincial municipal, de la S.E.guridad social, y del S.E.ctor privado.
13) Entender en la organización, dirección y fiscalización del registro de establecimientos S.A.nitarios públicos y privados.
14) Intervenir en la fiscalización de todo lo atinente a la elaboración, distribución y comercialización de los productos medicinales, biológicos, drogas, dietéticos, alimentos, insecticidas, de tocador, aguas minerales, hierbas medicinales y del material e instrumental de aplicación médica, en coordinación con los Ministerios pertinentes.
15) Intervenir en la corrección y eliminación de las distorsiones que S.E. operen en el mercado interno de productos medicinales.
16) Intervenir en las acciones destinadas a promover la formación y capacitación de los recursos humanos destinados al área de la S.A.lud.
17) Intervenir en la normatización, registro, control, y fiscalización S.A.nitaria y bromatológica de alimentos, en el ámbito de su competencia.
18) Entender y fiscalizar la distribución de subsidios a otorgar con fondos propios a las entidades públicas y privadas que desarrollen actividades de medicina preventiva, o asistencial.
19) Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la asignación y control de subsidios tendientes a resolver problemas de S.A.lud en situaciones de emergencia y necesidad, no previstos o no cubiertos por los sistemas en vigor.
20) Intervenir en la elaboración y desarrollo de programas integrados de S.E.guridad social en los aspectos relacionados con la S.A.lud.
21) Entender en la actualización de las estadísticas de S.A.lud y los estudios de recursos disponibles, oferta, demanda y necesidad, así como el diagnóstico de la situación necesaria para la planificación estratégica del S.E.ctor S.A.lud.
22) Entender en la normatización y elaboración de procedimientos para la captación y el procesamiento de datos S.A.nitarios producidos a nivel jurisdiccional, efectuar su consolidación a nivel nacional y difundir el resultado de los mismos.
23) Entender en la difusión e información sobre los S.E.rvicios sustantivos de S.A.lud a los destinatarios de los mismos para disminuir las asimetrías de información.
24) Entender en el desarrollo de estudios sobre epidemiología, economía de la S.A.lud y gestión de las acciones S.A.nitarias de manera de mejorar la eficiencia, eficacia y calidad de las organizaciones de S.A.lud.
25) Entender en la regulación de los planes de cobertura básica de S.A.lud.
26) Entender en las relaciones S.A.nitarias internacionales y en las relaciones de cooperación técnica con los organismos e instituciones internacionales de S.A.lud.
27) Entender en la formulación y promoción de planes tendientes a la reducción de inequidades en las condiciones de S.A.lud de la población, en el marco del desarrollo humano integral y sostenible mediante el establecimiento de mecanismos participativos y la construcción de consensos a nivel federal, intra e intersectoriaI.
28) Intervenir con criterio preventivo en la disminución de la morbilidad por tóxicos y riesgos químicos en todas las etapas del ciclo vital.
29) Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la promoción de la educación S.A.nitaria a través de las escuelas primarias, S.E.cundarias o especiales, y de la educación superior para crear conciencia S.A.nitaria en la población, en coordinación con el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
30) Entender en la elaboración de los programas materno-infantiles, tanto en el ámbito nacional como interregional, tendientes a disminuir la mortalidad infantil.
31) Entender en la elaboración de los planes destinados a la prevención y detección de enfermedades endémicas y de enfermedades no transmisibles.
32) Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el desarrollo de programas-preventivos y de promoción de la S.A.lud, tendientes a lograr la protección de las comunidades aborígenes.
33) Entender en el control, la vigilancia epidemiológica y la notificación de enfermedades.
34) Entender en la programación y dirección de los programas nacionales de vacunación e inmunizaciones.
35) Entender, en el ámbito de su competencia, en la elaboración, ejecución, desarrollo y fiscalización de programas integrados que cubran a los habitantes en caso de patologías específicas y grupos poblacionales determinados en situación de riesgo.
36) Intervenir, en coordinación con la Agencia Nacional de Discapacidad, organismo descentralizado actuante en la órbita de la S.E.CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en la elaboración de las normas, políticas y respectivos programas vinculados con la discapacidad y rehabilitación integral.
37) Entender en la elaboración, aplicación, ejecución y fiscalización de los regímenes de mutuales y de obras sociales comprendidas en las Leyes Nros. 23660 y 23661.
38) Entender, en el ámbito de su competencia, en las normativas y control de la medicina prepaga.
39) Entender en la formulación de políticas y estrategias de promoción y desarrollo destinadas a prevenir y/o corregir los efectos adversos del ambiente sobre la S.A.lud humana, en forma conjunta con otros organismos dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL con competencia en la materia.
40) Entender en lo referente a los determinantes sociales de la S.A.lud en coordinación con los Ministerios con incumbencia principal en dichos temas.
41) Desarrollar las actividades necesarias en relación a la donación y trasplante de órganos, tejidos y células.
42) Entender en lo referente a los laboratorios nacionales de S.A.lud pública.
43) Entender en las relaciones S.A.nitarias nacionales y en las relaciones de cooperación con organismos e instituciones nacionales de S.A.lud.
Anexo
Número: IF-2018-43624040-APN-DNDO#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de S.E.ptiembre de 2018
Referencia: PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 22 EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 22
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARIO DE GOBIERNO DE CULTURA
OBJETIVOS
1) Entender en la formulación y ejecución de las políticas de la jurisdicción, destinadas a estimular y favorecer la expresión cultural en todas sus formas.
2) Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia, elaborados conforme las directivas que imparta el MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
3) Elaborar y promover políticas de participación institucional fortaleciendo la identidad cultural nacional.
4) Implementar las políticas de difusión en el país y hacia el exterior de los hechos culturales.
5) Promover y difundir el desarrollo de actividades económicas asociadas con la cultura.
6) Planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el S.E.ctor privado y organizaciones de la sociedad civil.
7) Dirigir las políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación.
8) Promover políticas de integración e intercambio cultural entre las jurisdicciones del país y hacia el exterior.
9) Promover políticas de incentivo y desarrollo cultural y creativo nacional.
10) Promover la producción e intercambio del conocimiento científico en temas relacionados con las industrias culturales, la generación de empleo S.E.ctorial y de los S.E.rvicios vinculados.
Anexo
Número: IF-2018-43621627-APN-DNDC>#JGM
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de S.E.ptiembre de 2018
Referencia: Planilla anexa al artículo 24 - EX-2018-43456898-APN-DNDO#JGM
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 24
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARIO DE GOBIERNO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
OBJETIVOS
1) Entender en la formulación de las políticas y en la planificación del desarrollo de la tecnología como instrumento para dar respuesta a problemas S.E.ctoriales y sociales prioritarios y contribuir a incrementar la competitividad del S.E.ctor productivo, sobre la base de bienes y S.E.rvicios con mayor densidad tecnológica.
2) Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia, elaborados conforme las directivas que imparta el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
3) Entender en la formulación de políticas y programas para el establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación instaurado por la Ley 25467, y entender en la gestión de instrumentos para la aplicación de la Ley 23877 de Innovación Tecnológica.
4) Entender en la formulación y ejecución de planes, programas, proyectos y en el diseño de medidas e instrumentos para la promoción de la ciencia, la tecnología y la innovación; en particular en el impulso y administración de fondos S.E.ctoriales en áreas prioritarias para el S.E.ctor productivo o en S.E.ctores con alto contenido de bienes públicos.
5) Entender en materia de promoción del software con los alcances del régimen del artículo 13 de la Ley 25922, en la de promoción de la biotecnología moderna en lo que respecta al fondo creado por el artículo 15 de la Ley 26270, y de promoción de la nanotecnología a través de la Fundación de Nanotecnología —FAN— (Decreto 380/2005).
6) Supervisar la actividad de los organismos destinados a la promoción, regulación y, ejecución en ciencia, tecnología, e innovación productiva.
7) Ejercer la Presidencia y Coordinación Ejecutiva del Gabinete Científico-Tecnológico (GACTEC), en los términos de la normativa vigente en la materia.
8) Entender en la coordinación funcional de los organismos del Sistema Científico Tecnológico de la Administración Nacional, y evaluar su actividad.
9) Entender en la promoción y el impulso de la investigación, y en la aplicación, el financiamiento y la transferencia de los conocimientos científicos tecnológicos.
10) Intervenir en la formulación y gestación de convenios internacionales de integración científica y tecnológica de carácter bilateral o multilateral.
11) Intervenir en la promoción, gestación y negociación de tratados y convenios internacionales relativos a la ciencia, tecnología e innovaciones productivas, y entender en la aplicación de los tratados y convenios internacionales, Leyes y reglamentos generales relativos a la materia.
12) Coordinar la cooperación internacional en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación productiva.