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Decreto 858/1985
Decretos SEcretos y Reservados
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 1985
Año de sanción 1985
Fecha de sanción 1985-05-13
Organismo de origen Poder Ejecutivo Nacional
Modifica Ley 23110
Modificada por Decreto 2103/2012
Enlazada por Ley 18302
Ley 23110
Decreto 3574/1984
Decreto 2103/2012
Enlaces oficiales Texto original

Modificase el presupuesto general de la administración nacional para el ejercicio 1985, prorroga del correspondiente a 1984, en función de lo establecido por el artículo 13 de la ley de contabilidad, de acuerdo con el siguiente resumen y el detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Visto

el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 1984, aprobado por la Ley 23110, distribuido por el Decreto 3574/1984 y sus modificatorios, prorrogado para el ejercicio 1985 conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Contabilidad, y atento a lo establecido por los artículos 9 y 10 de la Ley citada en primer término.

Considerando

Que el resultado de la ejecución presupuestaria de la prórroga para 1985 correspondiente a la Jurisdicción 20 - Presidencia de la Nación - Programas 001 - Conducción Nacional, 030 - Coordinación, 050 - Boletín Oficial y Obras de Divulgación y el Organismo Descentralizado 194 - Instituto Nacional de la Administración Pública permite comprobar la insuficiencia de los créditos para hacer frente a las erogaciones originadas por nuevos requerimientos.

Que con el objeto de mantener la dinámica de los S.E.rvicios, es menester reforzar las partidas pertinentes de los citados Programas presupuestarios y del aludido Organismo afectando, a esos fines, las disponibilidades obrantes en la Jurisdicción 91 - Obligaciones a Cargo del Tesoro.

Decreto

Artículo 1

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 1985, prórroga del correspondiente a 1984, en función de lo establecido por el artículo 13 de la Ley de Contabilidad, de acuerdo con el siguiente resumen y el detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

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Artículo 2

Modifícase para el ejercicio 1985 el Cálculo de Recursos correspondiente a la Cuenta Especial 536 - Dirección Nacional del Registro Oficial - Trabajos por Cuenta de Terceros, de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

Artículo 3

Modifícase para el ejercicio 1985 el Financiamiento por Contribuciones de las Cuentas Especiales 408 - Presidencia de la Nación - Cumplimiento Ley 18302 "S", 797 - Red Radioeléctrica de la Presidencia de la Nación y Gobernaciones de Provincias y del Organismo Descentralizado 194 - Instituto Nacional de la Administración Pública, conforme al detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Artículo 4

Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALFONSIN.