Atribuyense a la subsecretaria de normalización patrimonial la totalidad de las facultades otorgadas a la S.E.cretaria de hacienda por Decreto 2687/1993.
Visto
el Expediente 080-003970/97 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS, el Decreto-Ley 6677/1963, la Ley 16478, la Ley 19870, la Ley 23103, el Decreto 110/1993, el Decreto 2687/1993, el Decreto 992/1996.
Considerando
Que el FONDO NACIONAL DE LA MARINA MERCANTE fue creado por Decreto-Ley 6677/1963, ratificado por Ley 16478 y regulado posteriormente por Ley 19870 y su modificatoria, Ley 23103.
Que el Decreto 110/1993 determinó en su artículo 2, que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS, S.E.rá la Autoridad de Aplicación con las facultades decisorias correspondientes, entre otras normas, de la Ley 19870.
Que el mencionado Decreto, autorizó al S.E.ñor Ministro de Economía y Obras y S.E.rvicios Públicos a delegar las facultades otorgadas en el S.E.ñor S.E.cretario de Transporte y subsidiariamente en los entonces S.E.ñores Subsecretarios de Transporte Automotor y de Transporte Aéreo, Fluvial y Marítimo y en el S.E.ñor Subsecretario de Puertos y Vías Navegables.
Que posteriormente, S.E. determinó la disolución del FONDO NACIONAL DE LA MARINA MERCANTE por Decreto 2687/1993, estableciéndose en el artículo 2 que el MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS a través de la S.E.CRETARIA DE HACIENDA S.E.rá la Autoridad de Aplicación de la norma, con facultades para el dictado de normas complementarias.
Que posteriormente al modificarse la estructura organizativa de la Administración Central por Decreto 660/1996, la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL dependiente de la S.E.CRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS que tenía a su cargo coordinar la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa, dejó de depender de la S.E.CRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS, pasando a la órbita de la S.E.CRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS situación que S.E. mantiene con la actual estructura fijada por el Decreto 1450/1996.
Que en consecuencia, resulta necesario adaptar el Decreto 110/1993 y el Decreto 2687/1993 a la distribución de misiones y funciones vigente, modificando la competencia allí atribuida con el objeto de facilitar y agilizar los trámites tendientes a la disolución del FONDO NACIONAL DE LA MARINA MERCANTE (EN DISOLUCION).
Que el presente Decreto S.E. dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional.
Decreto
Artículo 1
Atribúyense a la SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL dependiente de la S.E.CRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS la totalidad de las facultades otorgadas a la S.E.CRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y S.E.RVICIOS PUBLICOS mediante Decreto 2687/1993.
Artículo 2
Deléganse las facultades previstas en el Decreto 110/1993 respecto de la aplicación de la Ley 19870 y a los fines establecidos por el Decreto 2687/1993, en el S.E.ÑOR SUBSECRETARIO DE NORMALIZACION PATRIMONIAL.
Artículo 3
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM. -Jorge A. Rodríguez. -Roque B. Fernández.