Prestamos del Banco de la Nación Argentina con destino a la financiación de inversiones en bienes de activo fijo.
Artículo 1
Otórgase al Banco de la Nación Argentina facultades para acordar al comercio y a las actividades de servicios préstamos con destino a la financiación de inversiones en bienes de activo fijo.
Artículo 2
Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.