Autorizase al Ministerio de Defensa a realizar operaciones de crédito público, contratación de obras y adquisiciones de bienes y servicios correspondientes al plan nacional de radarizació.
Artículo 1
Autorízase, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley 24156 a la jurisdicción 45-Ministerio de Defensa-, a realizar operaciones de crédito público por los montos, especificaciones y destino del financiamiento indicados en la planilla que como anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2
De acuerdo con lo establecido por el Artículo 1 de la presente ley, autorízase de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 24156, la contratación de obras y adquisiciones de bienes y servicios correspondientes al Plan Nacional de Radarización hasta el monto de pesos ciento ochenta y cinco millones trescientos mil ($ 185300000.-), incluyendo el presente ejercicio, cuyo devengamiento se producirá en 1997, pesos ciento veintiséis millones trescientos setenta mil ($ 126370000.-); en 1998, pesos cincuenta y cinco millones novecientos treinta mil ($55930000.-) y en 1999, pesos tres millones ($ 3000000.-).
Artículo 3
A los efectos de las contrataciones de obras y servicios y las adquisiciones de bienes y servicios correspondientes al Plan Nacional de Radarización, se empleará para la selección del o los contratistas el procedimiento de licitación pública nacional e internacional.
Artículo 4
Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
Anexo I - Operaciones de Crédito Público
Jurisdicción Tipo de deuda Monto Plazo mínimo Destino del
/ entidad autorizado de financiamiento
amortización
Ministerio de -Instrumentada $ 185300000 10 años Ministerio de
Defensa y prestamos Defensa
financieros
Crédito Fuerza Aérea
bancario Argentina
Crédito de Plan de
proveedores Radarización