Crease el instituto universitario de seguridad maritima de la Prefectura Naval Argentina (iusm) y el instituto universitario de gendarmeria nacional (iugna). Abrogase el Decreto 1389/2002.
Título I
CREACION DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD MARITIMA DE LA Prefectura Naval Argentina — IUSM —
Artículo 1
Créase el Instituto Universitario de Seguridad Marítima de la Prefectura Naval Argentina (IUSM), como unidad funcional dependiente de dicha Fuerza, con sede central en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ámbito de actuación nacional.
Artículo 2
El IUSM, continuará la adecuación de su funcionamiento al marco integral de la normativa vigente en materia de educación superior, asegurando el acceso a las propuestas académicas sin discriminación de naturaleza alguna.
Artículo 3
Los gastos que demande el funcionamiento del IUSM, se imputarán a los créditos asignados a la Prefectura Naval Argentina en la Ley de Presupuesto Nacional.
Título II - Creación del Instituto Universitario de Gendarmeria Nacional — Iugna —
Artículo 4
Créase el Instituto Universitario de Gendarmería Nacional (IUGNA), como unidad funcional dependiente de dicha Fuerza, con sede central en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ámbito de actuación nacional.
Artículo 5
El IUGNA, deberá adecuar su puesta en marcha y funcionamiento al marco integral de la normativa vigente en materia de educación superior, asegurando el acceso a las propuestas académicas sin discriminación de naturaleza alguna.
Artículo 6
Los gastos que demande el funcionamiento del IUGNA, se imputarán a los créditos asignados a la Gendarmería Nacional en la Ley de Presupuesto Nacional.
Artículo 7
Abrógase el Decreto 1389/2002.
Artículo 8
Comuníquese al Poder Ejecutivo.