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Ley 26454
Impuestos
Ley 26028 - Modificación
Año de sanción 2008
Fecha de sanción 2008-12-10
Organismo de origen Honorable Congreso de la Nación Argentina
Firmantes Agustin Oscar Rossi
Gustavo Angel Marconato
Alberto Cantero Gutierrez
Patricia Vaca Narvaja
Bloques firmantes Frente para la Victoria
PJ
Distritos firmantes Santa Fe
Cordoba
Modifica Ley 26325
Modificada por Decreto 2143/2008
Enlazada por Ley 26028
Ley 26325
Decreto 976/2001
Decreto 564/2005
Decreto 2143/2008
Decreto 868/2013
Enlaces oficiales Texto original

Impuesto sobre la transferencia a titulo oneroso o gratuito, o importación de gasoil o cualquier otro combustible liquido que lo sustituya. Modificanse los artículos 5 y 12.

Artículo 1

Modifícase el artículo 5 de la Ley 26028 modificada por la Ley 26325, el que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 5

La alícuota del impuesto será del veintidós por ciento (22 %).

Artículo 2

Modifícase el artículo 12 de la Ley 26028 modificada por la Ley 26325, el que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 12

La alícuota fijada por el artículo 5 de la presente ley será afectada:

a) El veinte con veinte centésimos por ciento (20, 0 %) en forma exclusiva y específica al fideicomiso constituido conforme a lo establecido por el Título II del Decreto 976/2001, con las reformas que le introdujeran los Decretos 652 del 19 de abril de 2002 y 301 del 10 de marzo de 2004, y otras normas reglamentarias y complementarias vigentes a la fecha de sanción de esta ley;

b) Uno con ochenta centésimos por ciento (1, 0 %) de la alícuota para compensaciones tarifarias al sistema de servicio público de transporte automotor de pasajeros de áreas urbanas y suburbanas bajo jurisdicción municipal y provincial, con excepción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el área metropolitana Buenos Aires.

Artículo 3

Comuníquese al Poder Ejecutivo.