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Ley 26537
Obras de Arte
Mural Ejercicio Plastico
Año de sanción 2009
Fecha de sanción 2009-10-28
Organismo de origen Honorable Congreso de la Nación Argentina
Firmantes Nicolas Alejandro Fernandez
Miguel Angel Pichetto
Liliana Beatriz Fellner
Marcelo Jorge Fuentes
Bloques firmantes Frente para la Victoria
PJ
Distritos firmantes Santa Cruz
Rio Negro
Jujuy
Neuquen
Modifica Ley 12665
Ley 21499
Modificada por Decreto 1804/2009
Enlazada por Ley 12665
Ley 21499
Decreto 1804/2009
Tribunal de Tasaciones de la Nación
Enlaces oficiales Texto original

Declarase de utilidad pública y sujeto a expropiación el mural 'ejercicio plastico', realizado por el artista mejicano david alfaro siqueiros, con la colaboración de los artistas argentinos carlos castagnino, delisio antonio berni, lino enea spilimbergo y el escenografo uruguayo enrique lazaro, conformado por su techo, piso, paredes, estructura y accesorios.

Artículo 1

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el mural "Ejercicio Plástico", realizado por el artista mejicano David Alfaro Siqueiros, con la colaboración de los artistas argentinos Carlos CASTAGNINO, Delisio Antonio BERNI, Lino Enea SPILIMBERGO y el escenógrafo uruguayo Enrique LAZARO, conformado por su techo, piso, paredes, estructura y accesorios.

Artículo 2

A los fines de la indemnización correspondiente, el valor del bien determinado en el artículo 1 será fijado conforme a las estipulaciones de la Ley 21499, sobre el Régimen de expropiaciones, por el Tribunal de Tasaciones de la Nación o las oficinas técnicas competentes que se designaran, pudiendo solicitarse la apoyatura y asesoramiento de otras entidades públicas o privadas.

Artículo 3

El Jefe de Gabinete de Ministros dispondrá las partidas necesarias para el pago de la indemnización.

Artículo 4

El Poder Ejecutivo nacional tendrá a su cargo el montaje y la exhibición del mural en un lugar público adecuado, su custodia, mantenimiento y traslado, de resultar necesario.

Artículo 5

La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos tendrá la competencia otorgada por la Ley 12665.

Artículo 6

Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.