Ley 54
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Inclusion en el presupuesto general de las asignaciones que corresponden al conserge y sirviente de la camara de diputados.
Nota: La numeración de la presente ley corresponde a las Leyes 1 a 292 sancionadas por el honorable congreso nacional instalado en la ciudad de parana, capital provisoria de la confederación durante los años 1854 a 1861. Publicada en 'registro nacional de la republica argentina - tomo iii - 1852 a 1856', pag. 303. El presente texto conserva la redacción original de la ley.
Artículo 1
Los sueldos mensuales asignados al conserge y al sirviente de la Cámara de Diputados en el presupuesto general durante las sesiones, serán estensivos al resto del año.
Artículo 2
Agréguese á dicho presupuesto el aumento que resulte de la disposición anterior.
Artículo 3
Comuníquese al Poder Ejecutivo.